translated from Spanish: Niños huérfanos de familia y gobierno

DESDE HACE DÍAS los vecinos de una unidad habitacional escuchan llantos de una bebé en uno de los departamentos. Están inquietos, pero temen hacer algo. Finalmente, uno se atreve a llamar la patrulla.
Al llegar la patrulla, los vecinos explican lo ocurrido. Cuentan, preocupados, que además han observado que la mamá de la pequeña sale desde temprano y se va por muchas horas.
Después de que los patrulleros hablan con los vecinos fuerzan la puerta y se encuentran a una bebé de meses sentada en el piso. Está en muy mal estado de higiene, con un plato vacío con restos de comida vieja alrededor. La bebé está llorando y con miedo. Deciden llevársela para presentarla ante el Ministerio Público.
La madre explicará luego a la autoridad que se encuentra sola en Ciudad de México; que vino de Chiapas, que no conoce a nadie más y que consiguió un empleo como personal de limpieza para oficinas y que no tiene quien le cuide a su hija. También explica que procura dejarle comida y regresar a la hora de su descanso. Que no quería hacerle daño.
La mujer, que cuenta uno o dos grados de primaria y no puede comprobar su identidad porque sus papeles están en su pueblo, es detenida. La acusan de “omisión de cuidados”. Luego la dejarán en libertad, pero queda pendiente comprobar su identidad. Nunca volverá a aparecer.
Así comenzó el intrincado camino de Sara, una bebé de ocho meses que tuvo que ser retirada de su mamá. Aunque el delito varía en cada caso, en México la omisión de cuidados es muy común a escala nacional.
Es el gobierno, a través del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, conocido como DIF, el que decide en qué institución de cuidado alternativo colocará al menor en cuestión. La institución de asistencia social puede ser pública (del DIF) o privada (supervisada por el DIF).
La posibilidad de que un infante sea adoptado depende de que se resuelva su situación jurídica. De no ser resuelta, como sucede en muchas ocasiones, el menor en cuestión permanecerá hasta la mayoría de edad en una institución de cuidado alternativo y, luego, será enviado a la calle.
Tanto el DIF como el Ministerio Público adscrito al caso de cada menor de edad y, en algunos casos, la institución que los recibe tienen la facultad para resolver la situación jurídica de cada niño. Cada una de estas instancias cuenta con el poder, la facultad jurídica y la autoridad para lograrlo, pero en la ley no existen plazos ni la obligación para hacerlo.
En caso de, primero, no poder ser reintegrados a su familia, se debe llevar el juicio de Pérdida de Patria Potestad y, después, de ser posible, el Juicio de Adopción.
AUTORIDAD, REBASADA
Hogar y Futuro, A. C. fue fundada en 1993 y es una casa hogar que, como su nombre lo indica, se plantea brindar un hogar a los menores que llegan con ellos, que forjen un futuro y tengan la oportunidad de crecer en una familia.
Para ello, han decidido encargarse de resolver la situación jurídica de cada uno de los menores que les son canalizados. Es decir, resuelven que sean reintegrados a su familia de origen y, de no ser posible esto, promueven su adopción con una “familia de corazón”, como la llama Marielena Hernández, directora de la casa hogar.
La adopción es una de las opciones contempladas por la Convención de los Derechos de la Infancia promovida por la ONU, desde 1990, como medio alternativo de cuidado por parte de los países para proteger a los infantes sin cuidado parental.
En teoría, no deben pasar más de seis meses para que se determine el estatus jurídico de un menor, pero es muy raro que esto suceda. “La realidad es que la autoridad está totalmente rebasada, y cuando llegan a una institución [los infantes] dejan de ser una preocupación y se convierten en un expediente”, comenta Hernández.
Las instituciones de cuidado alternativo tienen firmados convenios con el DIF y con las procuradurías para que se lleve su registro y con base en ello se realicen supervisiones; pero esto no sucede con regularidad. La también licenciada en pedagogía y maestra en terapia familiar señala que las visitas que reciben son de forma errática. En ocasiones reciben supervisiones por parte de la Secretaría de Salud, de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) y del DIF de forma casi consecutiva o a veces pasan años sin que estas tengan lugar.
Marielena Hernández destaca que el primer derecho de un niño que llega a ser cuidado por el Estado es restituir su derecho a vivir en familia. Por lo que, la institucionalización de un niño “no debe ser un destino, sino un paso”.

LUCRAR CON LA INDEFENSIÓN
Al no existir una ley que sancione el que no se llevan a cabo los procesos legales para definir la situación jurídica de los menores de edad, estos quedan indefensos por segunda ocasión. Primero, a manos de la familia en la que nacieron biológicamente y de la que fueron expulsados; después, a manos del propio gobierno.
Por esta omisión en la ley, la gran mayoría de las instituciones asistenciales no busca resolver la situación jurídica de los infantes que les son canalizados, convirtiendo lo que debería ser una estancia pasajera del menor en la única estancia que conocerán en su vida.
Además, se pueden beneficiar económicamente por tener a estos niños, al poder recibir donaciones particulares y ayuda gubernamental.
A los beneficios económicos se agrega que algunas instituciones pueden ahorrarse los gastos por contratación de abogados —quienes podrían iniciar un juicio especial de pérdida de patria potestad para aquellos menores en situación de desamparo, acogidos por una institución pública y privada de asistencia social y dar seguimiento al proceso hasta su definición—. Un juez podría resolver la situación jurídica de un menor, quien tendría la oportunidad de vivir en familia si se considerara que pudiera ser adoptado.
La Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim) indica que el Estado mexicano recibió en 2015 una observación por parte del Comité de los Derechos de la Infancia de las Naciones Unidas que señala que no existen políticas suficientes para apoyar a las familias en el cumplimiento de sus responsabilidades; que el número de niños y niñas privados de un entorno familiar es desconocido; que la institucionalización continúa siendo la opción priorizada y que existe una supervisión inadecuada sobre las instituciones de cuidado alternativo. Toma como ejemplos recientes los casos de abuso y negligencia encontrados en los albergues Casitas del Sur y Mamá Rosa.
El caso Casitas del Sur salió a la luz en 2008 cuando un juez otorgó la patria potestad de la menor Curiel Martínez a su abuela materna, quien al acudir a la casa hogar se enteró de que no estaba ahí. Este escándalo permitió que se descubrieran varias desapariciones de menores a manos de miembros de la Iglesia Cristiana Restaurada: personas que fundaron la casa hogar y entregaban a los menores a otros integrantes de la congregación. En 2009, la Procuraduría General de Justicia del DF inició una investigación y 126 menores fueron rescatados.
Sobre el caso “mamá Rosa”, en 2014 la Procuraduría General de la República (PGR) llevó a cabo un cateo y comenzó una investigación sobre el albergue la Gran Familia, administrado por Rosa del Carmen Verduzco, mejor conocida como “mamá Rosa”. Casi 500 niños que se encontraban en estado de desnutrición, viviendo en condiciones insalubres y deplorables fueron rescatados. En el albergue habitaban más de 600 personas, desde recién nacidos hasta adultos de 40 años. Algunos declararon haber sido obligados a pedir dinero y también haber sido víctimas de abuso sexual.
La ONU ha pedido al DIF que, como responsable legal de los más de 30,000 niños y adolescentes que había hasta 2015 en 879 centros de cuidado alternativo en el país, informe públicamente sobre el avance en la certificación de las instituciones de cuidado alternativo. La Redim ha advertido que existen, además, otros 29,000 menores sin cuidados familiares ni institucionales.
“Sin el cumplimiento de la Ley General de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes (promulgada en 2014) nuestro país seguirá descubriendo infiernos como La Ciudad de los Niños de Salamanca, Guanajuato, o La Gran Familia de ‘mamá Rosa’ en Zamora, Michoacán, que en circunstancias similares de institucionalización masiva mantuvieron bajo la complicidad de autoridades locales y políticos en turno un trato inhumano a cientos de niñas, niños y adolescentes enviados a estos lugares por los DIF estatales”, explica de forma contundente el documento de Naciones Unidas.
Por su parte, Edith Díaz Milanesio, abogada especialista en adopciones, agrega: “Hay mucha tolerancia al maltrato, al abandono, a la explotación infantil y, sobre todo, al fenómeno de los niños de la calle y también al fenómeno de los niños que permanecen institucionalizados hasta la mayoría de edad”.
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