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O el asilo contra la opresión


Señor Director:
Los días 13 y 23 de septiembre pasado presentamos dos acciones de protección en favor de 20 personas extranjeras a quienes se les denegó de manera ilegal y arbitraria el acceso al procedimiento de asilo por parte de funcionarios del Departamento de Extranjería y Migración (DEM) del Ministerio del Interior.
Estamos frente a un caso grave: se trata de personas que han venido de sus países no por gusto, sino escapando de la persecución, la violencia o la guerra y han buscado en Chile, país que promulga el asilo contra la opresión, paz y protección.
La Ley 20.430 sobre protección de refugiados es clara: el funcionario que conozca de una solicitud para el reconocimiento de la condición de refugiado de una persona, deberá remitirla en el más breve tiempo a las autoridades pertinentes, quienes estudiarán el caso y asesorarán al Subsecretario del Interior, autoridad que toma la decisión de si una persona es o no refugiada en un proceso que dura, en la práctica, entre 2 y 3 años. En ningún caso el funcionario receptor debe tomar mérito de la solicitud, cuestión que ha ocurrido en el presente caso, contraviniendo la ley.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dispuesto que el derecho a buscar y recibir asilo impone la obligación a los Estados de permitir el ingreso a un procedimiento de estudio del caso, cuestión que ha sido privada. Por lo mismo, hemos remitido comunicaciones tanto a la Relatoría de Derechos de los Migrantes de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, como al Relator Especial de Naciones Unidas para los Derechos de los Migrantes, con el objeto de alertar sobre esta situación.
Es necesario acabar cuanto antes con esta situación de vulnerabilidad en la que se ha puesto a estas personas, y que la autoridad cese estas prácticas. Desde la Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados de la Universidad Diego Portales, estamos #ConLosRefugiados.
Nicolás Arancibia
Lucca Biondi
Francisco Camus
Claudia Cespedes
Carlos Donoso
Sebastián Jaures
Vicente Jiménez
Nicolás Parra
Cristian Vargas
Claudia Charles
Fernanda Gutiérrez
Víctor Hugo Lagos
Francisca Vargas
Estudiantes y equipo docente
Clínica Jurídica de Migrantes y Refugiados UDP



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Etiquetas: Chile

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