Notarios y Fedatrios – El Mostrador


En estos días se está tramitando en el Congreso Nacional el anhelado Proyecto de Modernización y Reforma al Sistema Notarias y Registral Chileno, respecto del cual, dado los tremendos alcances que tiene, creo necesario hacer algunas observaciones:
Nadie puede discutir la necesidad imperiosa de la modernización de nuestra actividad, lo que implica introducir la digitalización de los documentos, la firma electrónica avanzada y sellado de tiempo, meritocracia  transparencia y probidad no sólo en los nombramientos sino en el desarrollo de la actividad, mayor fiscalización, entre otros; pero la reforma que requiere la función notarial no se agota allí, y creo que previamente es menester analizar la función de los notarios en el mundo de hoy, con las responsabilidades que ello conlleva.
Si bien la función esencial, es ser los depositarios de la fe pública, no es posible eludir, una función social, a saber, la de ser parte de la modernización del Estado y la de ser un agente coadyuvante en el crecimiento económico del país, tanto para la inversión extranjera como para los emprendedores, lo que deviene en medio de movilidad social y de protección a la clase media, pues en definitiva, a mayor seguridad jurídica tendremos mercados también más eficientes.
El tema actual, sin embargo, es el de la fe pública, y en el aparente rechazo a la creación de los “fedatarios”. Existe una inmensa cantidad de chilenos que no tiene un acceso cercano a la asesoría, protección y certeza jurídica -entro otros- que solo brinda tener cerca un notarío. El resolver parte de ese problema podría recaer en la figura del fedatario tomando recaudos indispensables. Así en aquellos lugares, donde por número de habitantes, actividad económica e incluso jurisdiccional ( no hay Tribunal ), no es viable la instalación de una notaría en el concepto que hoy tenemos de ella, los fedatarios podrían prestar sus servicios en todos los trámites en que no se requiera guardar registro (escrituras públicas), se cumpliría mínimamente la función de acercar la fe pública a las personas de menos recursos  que viven en condiciones de una precariedad y aislamiento que no es propia al siglo 21 en que vivimos.

Con todo lo delicado de la función a emprender, exige que se cumpla con ciertas exigencias que no solamente permitan a los fedatarios empaparse de la labor social notarial sino, además, para que su desempeño se pueda fiscalizar y, en su caso, hacer efectiva la  responsabilidad por sus actos, que corresponda. Entre muchas medidas posibles, parece sensato exigir un domicilio conocido, establecer un periodo de desempeño no inferior a seis años, que además de otorgarles la experiencia necesaria, les permitiría empaparse de la labor social notarial, olvidada lamentablemente en las grandes urbes y generar un régimen de fiscalización efectivo.
Como contrapartida debería concedérseles preferencia para ingresar a la carrera notarial.
La pregunta lógica es ¿que sucederá en Santiago cuya realidad no es  comparable con ninguna comuna de regiones? Sensatez y prudencia. Un simple análisis permitirá advertir que sin perjuicio de la desnotarización que se persigue como elemento de la modernidad del Estado, la mera tecnología, y la firma electrónica con sellado de tiempo, no serán suficientes para brindar a un servicio rápido y eficiente a los particulares que soliciten los llamados “tramites de mesón” y allí entran los fedatarios de las grandes urbes.
Estos fedatarios metropolitanos,  se enfrentarán a una realidad diametralmente opuesta a la antes descrita, deberán absorber altos costos de instalación y operación (arriendos, sistemas computacionales firma electrónica personal etc…) teniendo como actividad y único ingreso dar fe de actos y legalización de documentos de muy bajo costo.  
Es aquí cuando la fe pública puede ponerse en riesgo, y generarse un germen de corrupción, situación que ha invadido a gran parte de Sud América y que no podemos por decreto declararnos exentos. Resulta imperioso, entonces, que el gobierno y los legisladores, sin perder el sentido de esta nueva institución, que de algún modo democratiza e iguala en parte el acceso a la fe pública, tomen las necesarias medidas de resguardo lo que induce a pensar que,  quizás, la solución deba ser mixta, esto es, permitir fedatarios con las limitaciones antedichas y otras que pueden surgir en la tramitación de la Ley, y paralelamente crear nuevas notarías, de modo que la competencia permita obtener a la ciudadanía una atención responsable, rápida eficaz y a un justo precio.
Mucho queda por estudiar y analizar sobre este proyecto y la función notarial vista desde todos sus ámbitos y no solo limitada al ejercicio de la fe pública, pero hay algo que el Gobierno ni el Parlamento se pueden permitir, esto es, dejar que este proyecto duerma el sueño de los justos, como ha sucedido en el pasado.
 

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.



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