Cuauhtémoc y la Fiscalía de Morelos se enfrentan



El gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, y la Fiscalía estatal han entrado en conflicto, luego de que el mandatario solicitó al Congreso la remoción del fiscal general, Uriel Carmona, y del fiscal Anticorrupción, Juan Salazar Núñez.
El exfutbolista se basó en información difundida por el legislador del Partido del Trabajo José Casas González, quien dijo que ambos funcionarios no presentaron los exámenes de control y confianza para ocupar el cargo.
Por este motivo, el consejero jurídico estatal, Samuel Sotelo Salgado, dijo que el gobernador pidió al Congreso que “se analizara el tema y se procediera conforme a la Constitución y la reglamentación correspondiente”, de acuerdo con un reporte del diario Reforma.
Sin embargo, este jueves la Fiscalía General respondió a las solicitudes que las causas que argumenta el gobernador no son motivo para remover al fiscal por lo que son inconstitucionales, e incluso afirmó que en el caso del fiscal Anticorrupción el Ejecutivo estatal “carece de competencia” para solicitar su remoción.
La institución también citó el artículo 79-B de la Constitución de Morelos, el cual, dijo, establece que el fiscal general solo podrá ser removido mediante la solicitud del gobernador, “fundada en causa grave que establezca la Ley”, las cuales son cohecho, peculado, desvío de recursos públicos, utilización indebida de información, abuso de funciones, actuación bajo conflicto de interés, contratación indebida, enriquecimiento oculto, encubrimiento, desacato y obstrucción de la justicia.

“El tema de las evaluaciones de certificación y control de confianza, no está contemplado en dichas causales, por lo que, tanto la solicitud del Gobernador del Estado, así como cualquier determinación del Congreso del Estado, devienen inconstitucionales”, expuso la Fiscalía.
La Fiscalía dijo que la documentación presentada por el legislador José Casas González es, “además de falsa, ilegal; toda vez que el divulgar cualquier tipo de información clasificada se sanciona con una pena de 2 a 8 años de prisión, con base en lo dispuesto por el artículo 139, fracción II de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública”.



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