Diputados rectifican ley sobre desalojos en CDMX



Por unanimidad, el Congreso de la Ciudad de México aprobó cambios al artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos local, en materia de desalojos inmobiliarios.
De acuerdo con los legisladores, antes de proceder a un desalojo, “se privilegiará el diálogo entre el ocupante y la autoridad”, y las personas que se vean afectadas “podrán solicitar a las autoridades su incorporación a programas de vivienda”.
‘No tenemos dónde ir, dónde quedarnos’: testimonios del desalojo en la colonia Juárez

#AlMomento | Por unanimidad, la #ILegislatura aprueba reformar el artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos local en materia de desalojos inmobiliarios. Antes de proceder a un desalojo, se privilegiará el diálogo entre el ocupante y la autoridad. pic.twitter.com/vPlbbXvGCo
— Congreso de la Ciudad de México (@Congreso_CdMex) 31 de mayo de 2019

La diputada del PAN Margarita Saldaña aseguró que la antigua redacción no era clara en este tema y que el cambio “no vulnera el derecho a la vivienda porque éste ya se encuentra amparado por el art. 59”.

? Desde Tribuna, @MargaretSaldana puntualiza que con la modificación al art. 60 se clarifican a las autoridades involucradas ante un desalojo. “Esta nueva redacción no vulnera el derecho a la vivienda porque éste ya se encuentra amparado por el art. 59” ?? pic.twitter.com/tSQvRGeXVQ
— Diputados PAN CDMX (@GPPANCDMX) 31 de mayo de 2019

En tanto, el diputado de Morena Nazario Norberto Sánchez comentó que con la anterior redacción solo se beneficiaba a “invasores inmobiliarios o paracaidistas y se dejaba en indefensión a los dueños de los inmuebles”.

El diputado @NazarioNorberto sobre dictamen relativo al artículo 60 de la Ley de Derechos Humanos y Garantías de la Ciudad de México, señaló que se evitarán desalojos forzosos que violentaban los derechos humanos. pic.twitter.com/mYCe6x5sid
— Grupo Parlamentario de Morena en Ciudad de México (@GPMorenaCdMex) 31 de mayo de 2019

La aprobación se da un día después de que cerca de 50 familias otomíes, triquis y mazahuas fueron desalojadas de la calle Londres, en la colonia Juárez, en la Ciudad de México.
Previo a la modificación, el artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México señalaba que los desalojos forzosos “podrán llevarse a cabo sólo en casos excepcionales”, pues “antes de realizarse, las personas que serán desalojadas tienen el derecho a: no ser discriminadas, que se estudien todas las demás posibilidades que permitan evitar o minimizar la necesidad de recurrir a la fuerza; la debida indemnización en caso de ser privados de bienes o sufrir pérdidas inmateriales; y contar con las debidas garantías procesales, lo que incluye la obligación del juez de dar audiencia a las personas que puedan ser objeto de un lanzamiento de su domicilio”.
Con la modificación aprobada, el artículo establece que: “Ninguna persona podrá ser desalojada sin mandamiento judicial emitido de conformidad a las disposiciones constitucionales y legales al caso concreto”.
También señala que “las leyes en la materia establecerán los procedimientos y modalidades para garantizar el derecho de audiencia, respetar debido proceso, y procurar en todo momento la mediación y conciliación, además de cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento”.
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