El Fisco pagará $ 40 millones a familia: SML perdió cuerpo de temporero y lo recuperó 12 años después



Durante siete años Eliana Acuña y Eliana Alarcón no supieron qué había pasado con su esposo y padre, respectivamente, el temporero José Alarcón, quien el 25 de junio del 2003 salió rumbo a Rancagua para trabajar, pero nunca más volvió. Fue recién en el año 2010 que el Servicio Médico Legal confirmó a la familia la muerte del hombre, quienes tuvieron que aguardar hasta el 2015 para recibir el cuerpo, larga espera que ahora le costará al Fisco una indeminización de $ 40 millones luego que fuera condenado por fallas en el proceso.Así resolvió el Vigesimocuarto Juzgado Civil de Santiago una problemática que ha arrastrado esta familia de La Granja por casi dos décadas, la que se complicó -según el fallo- por la pérdida del cadáver por parte del Servicio Médico Legal (SML).La historia comenzó el 27 de junio del 2003, dos días después del extravío del temporero, cuando al SML llegó un cadáver que una semana después el Registro Civil identificó como Alarcón, quien falleció en un accidente ferroviario. Según las afectadas la PDI habría ido a un hogar equivocado a notificar el deceso, por lo que nunca se enteraron, teoría que no se pudo comprobar ni descartar en el juicio. Eso sí, se ratificó que recién en junio de 2004 el SML autorizó la sepultación y que tres meses después entregó el cuerpo a la Universidad Católica del Maule para fines investigativos tras no ser reclamado por nadie.Durante los siguientes años la familia dijo consultar reiteradamente al SML por Alarcón sin tener confirmación de su muerte hasta 2010, cuando ratificaron su deceso. Ahí comenzó otra travesía, ya que al año siguiente retornó el cuerpo a Santiago pero por cuatro años no fue entregado. ¿El motivo? El SML reconoció el 2014 que habían perdido el cadáver e iniciaron un sumario para hallarlo, encontrándolo a fines del 2015. En el intertanto, la madre e hija del fallecido afirmaron postergaciones del organismo acusando asuntos administrativos para aplazar la entrega, lo que les causó una depresión que fue confirmado en el fallo.De acuerdo al dictamen, el servicio incumplió sus obligaciones al no ingresar formalmente los restos ni haber tomado las medidas necesarias para su posterior ubicación y entrega a sus familiares. “Se ha producido una falta de servicio de los funcionarios, como el cumplimiento de las funciones necesarias para resguardar adecuadamente los restos, otorgar una información adecuada y entregar, debidamente y en forma oportuna, dichos restos a sus deudos”, sostuvo la resolución de la juez titular Patricia OrtizEl fallo enfatizó que en el juicio “no se ha declarado, ni justificado por el Servicio Médico Legal, que exista un protocolo o procedimiento para notificar, oportuna y adecuadamente, a los familiares de una víctima cuya identidad ya haya sido determinada, y que les permita, eventualmente, el solicitar o retirar los restos de sus seres queridos”.La resolución confirmó el daño moral a las demandantes, aunque señaló que la depresión también se puede mezclar con el estrés post traumático y duelo patológico por la muerte de un familiar, por lo que pese a condenarse al servicio se redujo la sanción exigida por las mujeres, que era de $150 millones para cada una, a $20 millones por demandante.



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