Fundación Relaves acusa que minera aún no cumple sentencia ambiental tras colapso de terreno por terremoto del 27F



El terremoto del 27 de febrero del 2010 dejó innumerables víctimas fatales, entre ellas la familia Gálvez-Chamorro, quien falleció en su totalidad cuando un cerro que estaba junto a su casa y a una mina abandonada colapsara. Se trataba de un tranque relleno de tierra, arsénico, plomo y cianuro, perteneciente a la mina Las Palmas, vinculada al Grupo Errázuriz.
La familia no sabían del riesgo de vivir en esa zona, pese a que Sernageomin había considerado dicho tranque como uno de los cuatro con mayor riesgo de colapso de Chile.
Henry Jurgens, propietario de un terreno colindante al sector donde se produjo este trágico hecho, cuenta que “donde estaba el relave, no había ningún letrero que dijera ‘Peligro’ o ‘Tóxico’, y eso estaba todo envenenado. En efecto, Sernageomin había estado 7 meses antes y habían manifestado que ese relave estaba a punto de caerse. Esa información fue guardada, y no hicieron nada para ponernos bajo aviso. Han 10 años y hoy ni siquiera puedo entrar a mi propia casa”, explica el Director de Fundación Relaves.
De esta forma, y debido a que el derrame no sólo costó la vida de 4 personas sino que también produjo un colapso medioambiental de proporciones, el 15 de diciembre de 2014, el abogado ambientalista Iván Poklepovic junto a Jurgens, presentaron una demanda de reparación de daño ambiental en el Segundo Tribunal Ambiental, en contra de Sociedad Contractual Minera Tambillos.
Dos años después, el 24 de agosto de 2016, se produjo el primer fallo ambiental enmarcado en el contexto de un Pasivo Ambiental Minero (PAM): el Tribunal Ambiental condenó a la minera a cumplir un Plan de Reparación Ambiental, compuesto por 11 medidas reparatorias destinado a remediar el daño causado. Esta sentencia estableció que hubo incumplimientos al Programa de Cierre del Tranque de relaves y al manejo de residuos peligrosos por parte de la empresa.
Sin embargo, la situación tras el fallo no ha cambiado. Así lo explica Poklepovic, quien asegura que “si bien la empresa condenada ha presentado antecedentes en los servicios públicos competentes, con el fin de cumplir la sentencia, lo cierto es que -según dan cuenta numerosos antecedentes contenidos en el expediente del juicio- la empresa no ha cumplido, en tiempo y forma, ninguna de las medidas de reparación ambiental a que fue condenada”.
Por lo mismo, Poklepovic indica que “con fecha 21 de febrero de 2020, se está solicitando el cumplimiento incidental de la sentencia ante el Tribunal Ambiental de Santiago. Este procedimiento tiene por objeto obtener el cumplimiento forzado de las medidas de reparación ambiental ordenadas en la sentencia”.
Entre las medidas que se exigió a la empresa están efectuar un análisis de estabilidad del actual tranque y del área afectada por el derrame; asegurar la total impermeabilidad de la carpeta HDPE existente y presentar un proyecto para implementar un sistema de recolección, conducción y descarga de aguas lluvia que escurran por la carpeta, con un programa de monitoreo de calidad del agua y medidas de control; desmantelar todos los restos de instalaciones existentes y completar la disposición final de materiales y chatarra con autorización de las autoridades competentes; y plantar una franja arbórea con especies tolerantes a los relaves y de rápido crecimiento.
“¿Hasta cuándo las empresas en Chile operan con completa impunidad? ¿Quién se hace cargo de una industria que pasa por sobre los derechos de las personas? ¿De qué sirve que existan sentencias ambientales si ni el Gobierno ni ningún organismo obliga a cumplirlas? Pareciera ser que es fue fallo que no tiene ninguna validez ni importancia”, finalizan desde Fundación Relaves.



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