Cámara aprueba iniciativa que prohíbe subir precios de bienes en casos de pandemia


La Cámara Baja aprobó el proyecto que pretende prohibir el aumentar precios de bienes de primera necesidad durante casos de alerta sanitaria, epidemia o pandemia.
En el informe de la comisión de Salud, se incluye dentro de estos bienes a los productos farmacéuticos, alimenticios y de uso médico que permitan la prevención o tratamiento de enfermedades relacionadas a la alerta emitida.
También se prohíbe subir el precio de productos que cumplan funciones de higiene personal, domiciliaria o ambiental. De ser aprobado el proyecto por el Senado, se aplicaría la medida a laboratorios, farmacias, almacenes farmacéuticos y cualquier otro establecimiento que comercialice este tipo de productos.
En caso de violar la norma, el culpable se estaría arriesgando a una multa que varía entre las 50 UTM ($ 2,5 millones) y las 1000 UTM ($ 50 millones). Mientras que, si la infracción es realizada durante estadio de sitio, asamblea o emergencia, el castigo corresponderá al doble de las multas mencionadas.
En el proyecto además se informa que, de ser aprobado durante una alerta sanitaria, todos los establecimientos implicados deberán retrotraer los precios de estos bienes al que tenían antes de que la alerta haya sido anunciada.
También se plantea que la autoridad sanitaria puede determinar cuántos productos críticos pueden ser comprados en los establecimientos, de forma de evitar el abuso por parte de los clientes.



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