Comunidad sorda logra orden para tener datos de COVID-19 en lenguaje de señas



Por considerar que la falta de información accesible a la comunidad sorda pone en riesgo la vida y el derecho a la información durante esta emergencia humanitaria del COVID-19, este martes 17 de marzo, el Tribunal Décimo Tercero del Distrito en materia administrativa de la Ciudad de México emitió una orden provisional que obliga a las autoridades a tomar medidas para informar a toda la población de manera inmediata.
El amparo, presentado por el activista sordo Erick Arellano a nombre propio y de la Coalición de personas sordas de la Ciudad de México (CoPeSor) ahora, obliga a que el Presidente, a los titulares de Salud, al Consejo de Salubridad general, a la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum y su titular de Salud así como al titular de la Dirección General de análisis de medios y contenidos visuales del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) a que de manera inmediata utilicen la lengua de señas mexicana (LSM) en cada comunicación oficial que emitan.
También deberán informar a más tardar en 24 horas, qué centros de salud o nosocomios del Estado Mexicano cuentan con servicio de apoyo a la comunicación en LSM. Si no es así se les impondrá una multa de hasta 100 veces la unidad de medida y actualización en la Ciudad de México.
Las bases jurídicas y lo que sigue
Cecilia Guillén, la abogada, activista por la discapacidad y persona con discapacidad que presentó el recurso apenas el lunes, en día inhábil por la importancia del tema, explica que esto tiene como bases varios derechos plasmados en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y también los lineamientos generales de accesibilidad a servicios de telecomunicaciones para los usuarios con discapacidad, publicados en 2018 y que están aquí, mismos que la autoridad no está aplicando.
Como los amparos pueden tardar mucho, lo que hizo el juzgado 13 fue emitir esta orden provisional por las omisiones de la autoridad, una medida especial para proteger los derechos humanos de las personas sordas a la información y a la salud, pero el amparo seguirá su trámite.
“Lo que me hizo sentarme a trabajar corriendo es no sólo la indignación de la falta de comunicación accesible, sino la preocupación genuina de las personas sordas que no tienen información mínima para cuidarse a ellos mismos y a sus familias y por lo tanto también a la comunidad. 
“Reclamamos que estábamos en peligro de privación de vida de una comunidad muy amplia y no sólo de la persona quejosa, Erick, como parte de la CoPeSor. Recordando que el juzgado tenía en sus manos la vida de la comunidad sorda y además, esto implica la eficacia de todas las medidas que están tomando pensando en personas sordas y oyentes”.
Ahora es una orden provisional, luego será la definitiva. Guillén confía en que en la sentencia final también quede claro la obligación de todas las autoridades, de todos los gobiernos y del IFETEL de vigilar las especificaciones de accesibilidad en todo momento”.
El documento oficial que obliga a esto, lo puedes leer aquí 
¿Qué falta?
-Desde hace tiempo, la comunidad sorda se queja de que el recuadro con intérprete en LSM es muy chico para entender bien. Debe ampliarse.
-Se debe implementar otras medidas de comunicación, además del 800 004 800, para informarse sobre salud a través de texto (para las personas que no hablan) e idealmente también un centro de relevo a través de video para personas signantes de LSM, como lo ha hecho Colombia.
-La información sobre salud impresa también debe contemplar otros formatos accesibles, como lectura fácil para personas con discapacidad intelectual (que sirve para todas las personas y los sordos no alfabetizados) y braille.
-Además de un recuerdo con intérprete en LSM los mensajes deben estar subtitulados para las personas con discapacidad auditiva mayores o que no son hablantes de LSM. 
 
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