Pacto verde y estado de derecho en la UE



Audiencia de Frans Timmermans (Países Bajos), vicepresidente ejecutivo designado-Pacto Verde Europeo, ante el Parlamento Europeo en 2019. Foto: © European Union 2019 – Source: EP (CC-BY-4.0)
Los gobiernos de 13 estados miembros de la UE han firmado una carta abogando por una salida “verde” a la crisis del COVID-19 (aunque el gobierno checo ha pedido que la UE se “olvide” de su Pacto Verde). Interesante como pueda ser esta iniciativa, la UE debe velar porque no se convierta en un instrumento que debilite la lucha en favor del estado de derecho en la UE. Los antecedentes aconsejan estar vigilantes. En febrero de 2020, la Comisión Europea propuso la creación de un nuevo Fondo para una Transición [energética] Justa, que aspira a movilizar unos 100 mil millones de euros, a partir de una más modesta dotación de 7.500 millones. Lo que ha trascendido de la propuesta inicial de reparto de ese fondo pone en cuestión su pretendida justicia. De acuerdo con las fuentes, Polonia obtendría casi el 25% del Fondo y junto a Alemania alcanzarían el 50% (entre ambos son responsables del 30,2% de las emisiones de CO2 de la UE según cifras de 2017). Aunque los fondos, como su nombre indica, están destinados a financiar la transición a un modelo energético sostenible, el reparto propuesto traslada una percepción perversa de la noción de justicia.
La primera perversión de esta noción de justicia tiene que ver con el denominado “riesgo moral”: aunque hay fondos para varios estados, los que más contaminan y que comparativamente menos han hecho para reducir sus emisiones reciben más apoyo. Más aún, es cuestionable que el único estado miembro que rehusó, explícitamente, comprometerse con el objetivo de alcanzar la “neutralidad climática” en 2050 (en línea con los objetivos del Acuerdo de París) en el Consejo Europeo de diciembre de 2019 (i.e. Polonia) se convierta en el mayor beneficiario de los fondos. Sea resultado de una táctica negociadora del gobierno de ese estado o (lo que es lo mismo), un incentivo diseñado por la Comisión para atraerlo al consenso climático, premiar al discordante y crítico y penalizar al cumplidor traslada una pobre idea de la exigencia con el cumplimiento de las normas.
Pero dónde se pone realmente en cuestión la justicia de la concepción del nuevo mecanismo es en su relación con la defensa del estado de derecho por parte de la UE. Polonia se haya, desde diciembre de 2017, sujeta a un procedimiento por amenaza de ruptura del estado de derecho y, más aún, la Comisión Europea ha abierto varios procedimientos de infracción del derecho comunitario en relación con la independencia judicial.
El gobierno polaco (como el húngaro) se beneficia dentro de la UE de lo que el profesor R. Daniel Kelemen ha denominado “equilibrio autoritario”: el apoyo político de esos gobiernos a decisiones puntuales (como, por ejemplo, la elección de la última Presidenta de la Comisión, boicoteando activamente en particular al comisario que había buscado denodadamente hacer cumplir a las autoridades polacas con el estado de derecho, Frans Timmermans) los protege de sanciones extremas por sus violaciones del estado de derecho y se combina, además, con las generosas ayudas de la UE que, paradójicamente, lubrican su popularidad interna ya que sirven para presentarse como los garantes del maná comunitario. De hecho, hay algo de ironía poética en el hecho de que el Comisario antes encargado de la defensa del estado de derecho y defenestrado con el apoyo, entre otros, de los gobiernos de Polonia (y Hungría) en su intento de convertirse en presidente de la Comisión sea ahora el Comisario encargado del Pacto Verde Europeo, y responsable de la propuesta de reparto que favorece al infractor.
La UE lleva algunos años discutiendo cómo reforzar la condicionalidad vinculada al cumplimiento del estado de derecho en el desembolso de los fondos estructurales. Asignar nuevos fondos sin garantizar a priori el cumplimiento del compromiso con los valores de la UE no garantiza un futuro verde, sino el uso inadecuado de los mismos.
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