La pandemia como crisis humana


Señor Director: 
El día 8 de abril la Oficina del Alto comisionado de las Naciones Unidas en materia de Derechos humanos publicó las Directrices esenciales para incorporar la perspectiva de Derechos Humanos en la atención a la Pandemia por COVID- 19, incluyendo el resguardo de las personas migrantes. El documento contiene lineamientos dirigidos a los Estados en torno a la adopción de Políticas Públicas adecuadas para enfrentar la pandemia protegiendo a personas que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad. Concretamente, abarca una serie de ámbitos especialmente relevantes y sensibles en el contexto actual, pues si bien estamos viviendo una época en que diversos derechos se ven restringidos, ello no implica aceptar una disminución más allá de lo estrictamente necesario de los Derechos fundamentales. Además, durante los últimos días hemos sido testigos de decenas de personas pidiendo ayuda a las autoridades de sus países para retornar. Algunas se encuentran viviendo en el aeropuerto a la espera de algún vuelo de retorno a Venezuela, incluyendo niños y mujeres embarazadas, producto de haber perdido sus fuentes laborales y hogares. Además, ayer se informó sobre una caminata de personas desde Santiago hasta la frontera con Perú para obtener ayuda humanitaria. Por lo tanto, si ya se encontraban en una situación de vulnerabilidad con la llegada de la pandemia hoy están en el abandono. Paralelamente, en estos días se discute en la Comisión de Hacienda del Senado, con celeridad y sin un debate público amplio, el Proyecto de Ley sobre Migración y Extranjería, centrándose los empeños en despachar dicha normativa. Sin embargo, al menos en dos aspectos, la respuesta estatal no se está haciendo cargo de lo más urgente y relevante en el contexto de la pandemia. Un paso fundamental para avanzar en la protección de los Derechos Fundamentales supone adoptar fuertes medidas que conduzcan a eliminar la estigmatización de las personas especialmente vulnerables. Por ello, es urgente que el Estado disponga dentro de sus medidas contingentes la protección y no discriminación de las personas migrantes. Hasta el momento, en el debate público no se ha reparado con seriedad en su situación, olvidando que esta intervención debería ser mucho más intensa considerando la posición desmejorada pre pandemia y agudizada en estos días. El segundo paso, radica en incluir expresamente a las personas migrantes dentro de la respuesta sanitaria al COVID, en los mas amplios ámbitos, captando su peculiar situación actual, en el ámbito familiar e individual, interviniendo a través de medidas de prevención, detección y acceso a la asistencia sanitaria, sumado a la adopción de medidas para garantizar el acceso seguro al trabajo. Ambos pasos se fundan en la obligación que debe cumplir el Estado de adoptar medidas adicionales para la protección para las personas que se encuentran en una situación de mayor riesgo, incluyéndolos dentro de la respuesta estatal al COVID en los más amplios ámbitos. De ahí la preocupación por la adopción de medidas urgentes y, luego, regular de cara a la ciudadanía los aspectos sustantivos para modificar la regulación de la migración dentro del país.
 
Rocío Sánchez Pérez
Académica Facultad de Derecho
Universidad Andrés Bello
 
 



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