La ANMAT prohibió la comercialización de dos alcoholes etílicos



La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este lunes a través de dos disposiciones publicadas en el Boletín Oficial, la comercialización de dos alcoholes etílicos.La Disposición 3906/2020 establece la prohibición del “uso y la comercialización en todo el territorio nacional, del producto rotulado como: ‘Alcohol etílico 96% marca LOLET, Uso Doméstico, graduación 96°, Fraccionado y Distribuido por LOLET ARGENTINA, Paysandú 1446 – CABA , Industria Argentina, RNE N° 02.044.850, RNPA N° 02-593379, Inscrip I.N.V. KAD199, Ingr: Alcohol etílico 96%, Atención al consumidor: (11) 4268-1605/23’, en todos sus contenidos netos”.El organismo señala que la decisión se tomó luego de la denuncia de un usuario Wpor un supuesto desvío de calidad (presencia de partículas) de un alcohol adquirido en un supermercado de la localidad de Merlo, provincia de Buenos Aires. Además, ante llamadas al número de atención al usuario del rótulo se determinó que la empresa FRADEALCO S.A, que se encuentra habilitada como elaborador de productos domisanitario (utilización en el hogar), declaró que no elaboró dicho producto y en consecuencia lo reportó como ilegitimo”.Por otro lado, “el Servicio de Domisanitario verificó que el producto en cuestión no se encuentra registrado como domisanitario y el establecimiento LOLET ARGENTINA no está habilitado por esta Administración Nacional para la elaboración y/o fraccionamiento de productos domisanitarios”.Asimismo “se constató que los datos consignados sobre el Registro Nacional de Establecimiento (RNE N° 02.044.85) y Registro Nacional de Productos Alimenticio (RNPA N°02-593379), no son veraces y resultan inconsistentes con la leyenda que señala ‘USO DOMÉSTICO’, por lo cual esta situación representa además un claro engaño para el consumidor. Asimismo, un producto con dicha composición cualicuantitativa no es admisible como desinfectante domisanitario de base alcohólica”.Por su parte la Disposición 3907/2020 determina la prohibición del “uso, comercialización y distribución en todo el territorio Nacional, todas las presentaciones y los lotes del producto rotulado como: ‘A+D ALCOHOL ETILICO (97%) USO DOMESTICO Y HOSPITALARIO, Industria Argentina, Leg. N° 2360, m.s. res 155/98” de la firma “GLOBAL MED S.A. (CUIT 30- 70706385-4) con domicilio en la Avda. Dardo Rocha 1207, localidad de Bernal, partido de Quilmes, provincia de Buenos Aires, y a su director técnico”.La ANMAT señala que ante “una consulta iniciada por el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires y de un particular respecto de la comercialización del producto” se inció la investigación y el Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal informó que “no se hallaron productos autorizados como alcohol etílico ni como alcohol en gel que correspondan a la marca ‘A+D’, ni tampoco productos inscritos bajo el legajo N° 2360; a su vez, agregó que la concentración 97% no podría corresponder a un producto cosmético”.”Se trata de un producto respecto del cual se desconoce el efectivo origen, condiciones de elaboración y contenido, el mismo resulta peligroso para la salud de los pacientes a los cuales se administre, no pudiendo garantizarse su calidad, seguridad y eficacia”, detalló la disposición y agregó que “el alcohol 97% no es un producto autorizado para el uso hospitalario o doméstico como medicamento ni como producto cosmético” como sí sostiene el envase. 



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