Muertes en pandemia: Fiscalía recurrió a la Corte Suprema para exigir entrega de datos



En el marco de la investigación por las eventuales deficiencias en la contabilización del número de fallecidos por Covid-19, el persecutor regional, Xavier Armendáriz, presentó ante la Corte Suprema una solicitud de resolución de controversia. Esto, asegurando que el ministro de Salud, Enrique Paris, habría presentado su negativa a diligencias autorizadas por un tribunal. Según se precisa en el documento “interpongo solicitud de resolución de controversia respecto de la decisión plasmada en sendos documentos fechados los días 8 y 10 de septiembre recién pasado del Sr. ministro de Salud, don Enrique Paris Mancilla, en orden a oponerse a la diligencia intrusiva de entrada, registro e incautación, autorizada por el Juez Titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago”. Con ello, solicita “que se declare que tal resistencia ante la orden judicial librada, carece de fundamento, y por lo tanto, la orden en cuestión se debe ejecutar íntegramente”.La investigación acusa de delitos como homicidio omisivo, entre otros, al presidente Sebastián Piñera, al ex titular de Salud Jaime Mañalich y a su sucesor, Enrique Paris, además del subsecretario Arturo Zúñiga.Y en este sentido, el fiscal indica que “las primeras diligencias realizadas por el Ministerio Público han estado dirigidas a requerir a distintas instituciones públicas las bases de datos con las que se proveía al Minsal de información sobre contagios y decesos asociados a la pandemia de covid 19. Esta información sólo ha sido recibida parcialmente”. En esta línea, añade que el pasado 8 de septiembre, el 7° Juzgado de Garantía autorizó “entrar, registrar e incautar desde los correos electrónicos institucionales y archivos alojados en los servidores electrónicos respectivos”, tanto de Mañalich, como de Itziar Linazasoro, ex jefa de gabinete del secretario de Estado, además de la subsecretaria Paula Daza. Sin embargo, Armendariz aseguró que “al ser notificados de dicha autorización judicial, la autoridad pública se opuso en dos oportunidades a la práctica de esa diligencia, esgrimiendo fundamentos diversos”.El documento continúa con una referencia al fiscal del caso, Marcelo Carrasco, quien a través de un escrito ingresado al tribunal sostuvo que “el Ministro, a través de un abogado de su Gabinete, (…) nos hizo llegar un Oficio manifestando su oposición a la ejecución de la medida autorizada por el Tribunal. De esta manera no pudieron ser notificados personalmente de lo resuelto por el Tribunal”.Mientras que en una segunda oportunidad, Paris, según Armendariz, expone que “hice saber al Fiscal Sr. Marcelo Carrasco que me opondría a la diligencia a llevarse a cabo, en virtud del derecho que confiere el artículo 209 del Código Procesal Penal, relacionado con la oposición a la práctica de diligencias de entrada y registro en lugares especiales. Ello por cuando pudiere verse afectada la seguridad nacional con la revisión y conocimiento de documentos reservados”.Ante estas justificaciones, el persecutor asegura “que se han entregado, con dos días de diferencia, en sendos documentos, argumentos discordantes y que a nuestro juicio son, además, improcedentes”.Por ello, concluye en que la información requerida es “de alto interés público, no en su contenido, sino en que se trata de una investigación penal por delitos de gran connotación y trascendencia pública”.



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