SP instruyó a las AFP por nueva ley que permite pensión anticipada y retiro de la totalidad de fondos a enfermos terminales


La Superintendencia de Pensiones (SP) informó que instruyó a las AFP, para la implementación de la nueva ley que permitirá a los enfermos terminales, retirar la totalidad de sus fondos previsionales.
El organismo recordó que la ley aprobada en enero por el Congreso, tendrá una etapa de carácter transitorio entre el 1 de abril y el 30 de junio y, su funcionamiento en régimen comenzará el 1 de julio.
Según la normativa, en la etapa transitoria accederán exclusivamente a la pensión anticipada y retiro de fondos, las personas que estén recibiendo los beneficios de las Garantías Explícitas de Salud (GES) de cuidados paliativos para cánceres avanzados para un grupo específico de patologías.
Las personas incluidas en ese grupo, podrán acceder al beneficio mediante un certificado de la unidad de cuidados paliativos del establecimiento donde se esté realizando el tratamiento. Una vez que la persona haya efectuado la solicitud y la AFP haya recibido el certificado, la aseguradora deberá entregar los beneficios en 5 días hábiles.
El instructivo de la SP incluye que las AFP deberán tener disponible una solicitud de acceso al beneficio en todos sus canales (sucursales, call center y sitio web)
“Cada administradora deberá implementar un formulario electrónico para la presentación de las nuevas solicitudes, el que también deberá ofrecer la opción de adjuntar el certificado firmado y timbrado que acredite la condición de salud de la persona. La o el afiliado podrá acceder al beneficio sólo si el certificado es enviado desde las unidades de cuidados paliativos y recepcionado por la AFP”, informó la SP.
El organismo además indicó que “si al momento de ingresar la solicitud por parte de la persona la AFP no tiene el certificado médico respectivo en dicha plataforma, la misma administradora deberá gestionar el envío del certificado con la unidad de cuidados paliativos correspondiente, dejando evidencia de la gestión realizada e informando de ello a la o el afiliado. Luego, si en los tres días hábiles siguientes no recibe respuesta desde la unidad de cuidados paliativos, la AFP deberá informar el caso a la Superintendencia de Pensiones y considerar como válido el certificado presentado por el afiliado”.
Además, al viernes 15 de marzo, exigió la Superintendencia de Pensiones, cada AFP deberá disponer de un número telefónico de contacto sin costo para el afiliado, donde se entregue información, orientación y apoyo en el proceso de las solicitudes. Lo mismo ocurrirá en las sucursales donde las administradoras deberán entregar atención preferencial.



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