Teesin declara improcedente queja del PAN en contra de candidatos de Morena-PAS




Culiacán, Sinaloa.- El sesión pública jurisdiccional del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, respecto al procedimiento sancionatorio iniciado con motivo de la queja presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), en contra de Rubén Rocha Moya, Luis Guillermo Benítez Torres, Jesús Estrada Ferreiro, Gerardo Octavio Vargas Landeros y los partidos políticos Morena y Sinaloense (PAS), por el supuesto uso indebido de recursos públicos y por la supuesta utilización de frases similares o alusivas a las utilizadas por las instancias del gobierno federal, consistentes en las frases “cuarta transformación” y “4T”, contraviniendo con ello la normativa electoral, el Tribunal, por mayoría de votos, determinó declarar existente la infracción consistente en el uso de frases similares o alusivas a las utilizadas por las instancias de gobierno en la propaganda electoral.Lo anterior, ya que al hacer un contraste de las frases utilizadas por el gobierno federal y el presidente de la república con las usadas por los denunciados, se advierte que las mismas son idénticas.
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Sin que obste el hecho de que diversas publicaciones se hayan realizado en las redes sociales de los partidos y candidatos denunciados, ya que, como lo ha determinado la Sala Superior del Tribunal Electoral Federal, las redes sociales pueden ser objeto de sanción para los actores políticos en caso de incumplir las leyes electorales.Leer más: Teesin resuelve quejas en contra de Pedro Alonso Lobo Villegas y Leobardo Alcántara MartínezPor otra parte, se decidió, por mayoría de votos, declarar la inexistencia de la infracción consistente en el uso indebido de los recursos públicos, pues el hecho de que los denunciados utilicen las frases referidas no significa que hagan uso indebido de recursos públicos, ya que el gobierno federal o el presidente de la república no son dueños ni cuentan con la exclusividad del uso de las frases.De un análisis de la página del Instituto Mexicano de Propiedad Industrial, realizado por parte del Tribunal, no se adviertió que las frases “Cuarta Transformación” y “4T” fueran propiedad del ente federal y del servidor público señalado.Además, no se encontraron elementos en el expediente, ni el quejoso ofreció prueba alguna para tener por demostrado, aun indiciariamente, que se hayan gastado recursos públicos en la publicidad de las frases.Y para tener por actualizada dicha infracción, es necesario que se encuentre plenamente demostrado el uso indebido de recursos públicos, lo cual no ocurrió en el caso.En consecuencia, al resultar existente la violación consistente en el uso de frases similares o alusivas a las utilizadas por las instancias de gobierno en la propaganda electoral, se calificó la infracción como levísima y, por consiguiente, se impuso a Rubén Rocha Moya, Luis Guillermo Benítez Torres, Jesús Estrada Ferreiro y Gerardo Octavio Vargas Landeros, así como a los partidos políticos MORENA y PAS, una sanción consistente en amonestación pública.

 

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