Riesgo de trabajo Covid-19 impacta a empresarios en México




México.- La enfermedad covid-19 es considerada como riesgo de trabajo y no como enfermedad general en México. Los empleados del país pueden recibir, entre otros múltiples beneficios, el 100 por ciento de su salario con incapacidad por SARS-CoV-2, posterior a verificar su asistencia a laborar hasta 14 días previos al inicio de los síntomas.Sin embargo, esta determinación anunciada desde inicios del 2021 por el Instituto Mexicano del Seguro Social, y aplicada a partir de marzo de este mismo año, implicará para los patrones fuertes pagos de cuotas al IMSS.
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José Ángel Rivera Soto, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Culiacán A.C., consideró que el Covid-19 es un padecimiento internacional, un virus que incluso tiene muchas dudas todavía y no debería ser considerada un riesgo de trabajo.Leer más: Reportan 240 nuevos casos activos de Covid-19 en el sur de SinaloaDestacó para Debate que añadir la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 como riesgo de trabajo encarece los gastos de las empresas, mismas que han sorteado diferentes retos durante esta pandemia para subsistir, en un contexto donde han ido al alza contagios y muertes en la tercera ola de Covid-19 en Sinaloa.

Cómo se clasifica la seguridad social
El seguro social reconoce como riesgo de trabajo “todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios”. El trabajador que se incapacita por riesgo de trabajo recibe el 100 por ciento del salario base de cotización con el que está registrado en el IMSS. Con este criterio, Rivera Soto indicó que la prima de riesgo que pagan los patrones al IMSS incrementa.

Oficialmente, la dependencia de salud establece que es responsabilidad de las empresas registradas revisar su siniestralidad en el mes de febrero de cada año, con el propósito de determinar si su prima de riesgo aumentó, disminuyó o permaneció igual. Esa siniestralidad anual va a definir el monto que cada patrón debe pagar mes con mes al Seguro Social.“Si se tienen ‘x’ número de accidentes de riesgo de trabajo, esa prima se incrementa y el porcentaje de esa prima sobre el impuesto del IMSS incrementa, por eso es lo negativo a que sea un riesgo de trabajo, porque ese índice se va a incrementar año tras año”, explicó José Ángel Rivera Soto.El especialista agregó que, si se tienen pocos siniestros o no se tiene ninguno, el índice disminuye o regularmente se mantiene; y si se tienen muchos riesgos de trabajo, se incrementa.“Lógicamente que ahorita, al pasar la enfermedad de covid-19 a un riesgo de trabajo, realmente ese índice va a estar incrementándose de manera alarmante, por lo menos mientras no se controle por medio de las vacunas esa enfermedad”, alertó.
El especialista añadió que el aumento anual de las cuotas por riesgo de trabajo no puede ser superior al 1 por ciento de la nómina del negocio.Encarecimiento
En tanto, el presidente del Colegio de Contadores Públicos de Culiacán A.C. añadió que las enfermedades generales se reconocen por el IMSS de acuerdo a la ley, como “toda alteración física o mental en el individuo provocada por una lesión orgánica o funcional, permanente o transitoria, causada por trastornos metabólicos, agentes físicos, químicos, biológicos o psicosociales, que puede o no imposibilitarle para el desempeño del trabajo o actividades de la vida diaria y requiere de la atención médica para su prevención, curación, control o rehabilitación. Para que esta tenga la característica de general, no debió ser por los servicios que presta el trabajador”.Rivera Soto explicó que cuando un empleado se incapacita por una enfermedad general, el Seguro Social paga solamente el 60 por ciento del salario base de cotización con el que el trabajador está registrado en el IMSS y el patrón no tiene la obligación de darle el otro 40 por ciento. Sin embargo, el contador destacó que en el uso y la costumbre, el 80 por ciento de los casos, los patrones sí dan ese otro 40 por ciento cuando se trata de una enfermedad general, al entender las complicadas situaciones de muchos ciudadanos.Ante este panorama, abundó que el único beneficio que se obtiene de manera inmediata por el hecho de que el covid-19 sea un riesgo de trabajo, es que al trabajador sí le pagaría su incapacidad el Seguro Social con el 100 por ciento de su trabajo. Pero reafirmó que para los patrones significa un encarecimiento, esto en un panorama económico complicado y de incremento de casos de covid-19 en Sinaloa.Cabe mencionar que no hay un estimado oficial sobre la prima de riesgo que pagan los patrones al IMSS, pero se calcula y se puede generar utilizando el Sistema Único de Autodeterminación (SUA) y presentar por internet a través del IMSS Desde Su Empresa (IDSE), mediante el archivo generado, o de manera presencial en la subdelegación que le corresponda, con el formato electrónico Determinación de la Prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo.La prima de riesgo se paga por todos los trabajadores con base en los salarios establecidos, por eso es que encarece de manera general los gastos de seguridad social de la empresa.
Rivera Soto abundó que se paga mensualmente, igual que la cuota de Seguro Social. Para el especialista, esta medida podría impactar las finanzas de las empresas en 2021, 2022 e incluso 2023.Amparos
Guillermo Gastélum, presidente de Coparmex en Sinaloa, manifestó un desacuerdo con dicha medida desde el centro empresarial. Lo anterior, al mencionar que solo traería desequilibrios financieros tanto para las empresas como para el Instituto Mexicano del Seguro Social.Consideró que el pago de la prima de riesgo de trabajo puede traer una afectación, sobre todo a las pequeñas y medianas empresas. Por otro lado, Guillermo Gastélum abundó que el IMSS agravaría considerablemente su delicada situación financiera. No obstante, reconoció que en los centros de trabajo donde el empleado está en un riesgo permanente de contagio por covid-19, como es el caso de los hospitales, laboratorios y funerarias, sí podrían calificarse como riesgo de trabajo.Ante este panorama, ¿qué pueden hace las empresas? José Ángel Rivera Soto, presidente del Colegio de Contadores Públicos de Culiacán A.C., expresó que el Seguro Social es una de las instituciones más rígidas en su manera de actuar, y difícilmente cambia.En este caso, comentó que las empresas se tendrían que amparar; no obstante, apuntó que si ese amparo no se gana, a la larga sale muy caro por la acumulación de todos los recursos.“Esto tendría que dejar el beneficio para el trabajador, pero buscar que para las empresas no afectará la enfermedad de covid-19, proporcionalmente como las otras enfermedades, eso es lo que se pudiera pedir por medio de las empresas, las Cámaras y los Colegios a las autoridades de Seguro Social de que no afectará”, expresó.Empresas podrán recurrir al amparo: Ricardo Beltrán, Presidente de la Alianza Mexicana de Abogados
Significa que el IMSS aumentará lo que cobra a las empresas  y a los trabajadores en 2021. Creo que habrá un aumento de hasta el 50 por ciento, si no es que ya a partir del mes de marzo en la cuota por riesgo de trabajo. Esta medida puede traer grandes consecuencias para las empresas que han tenido, obviamente, indemnizaciones altas por  enfermedad o por misma muerte o incapacidad derivado de esta pandemia de covid-19. Creo que es casi imposible determinar dónde fue el contagio para poder declarar un riesgo  de trabajo, no puede existir ese argumento, porque es casi imposible determinar dónde se contagió.La medida resulta un tanto injusta para  los patrones, que los obliga a pagar las incapacidades sin evidencia completa, obviamente de que la enfermedad se contagió en el centro de trabajo.  Con esta situación, probablemente muchas empresas podrán recurrir al amparo por este tipo de situaciones. Las empresas están de por sí vulnerables porque han tenido que revisar todos estos pagos de indemnizaciones, incapacidad y hasta muertes. Aquí se va a dar un fenómeno muy trascendental, porque las empresas, obviamente, no se van a quedar de brazos cruzados.  Las compañías, lejos de considerar si la promoción de amparos tiene un costo muy oneroso, ellos tienen sus organizaciones, sus organismos  que habrán de apoyarlos en este sentido. En el caso de los beneficiados, si quisieran asegurarse de que se cumplan sus derechos, tienen la Secretaría de Trabajo y Prevención Social, una institución protectora de los trabajadores. En cada una hay una federal  y en cada entidad para estos casos.‘Lo vemos como un acto recaudatorio’: Leonor Espinoza, Canaco Guasave
Es hacer una carga más a todo lo que el empresario está sobrellevando, sin una reactivación económica real. Esta medida, lejos de ser sensible y solidaridad con el sector empresarial, más bien se está viendo como un acto recaudatorio. Una cosa es que se haya abierto el comercio y otra cosa es que realmente se esté dando la reactivación económica. Estábamos empezando, pero viene esta ola de contagios recientes y se vuelve a retroceder. Impacta en gran medida porque el covid-19 puede contagiarse en cualquier lugar.‘No deberíamos generalizar’: Héctor Ibarra, Presidente de Canacintra Ahome 
Es crítico porque no debería tomarse la medida como riesgo de trabajo, ya que esta enfermedad no es precisamente que se pueda adquirir únicamente en las áreas o en la planta laboral, sino en cualquier lado o en cualquier reunión. Tomar la medida, esto provocaría una afectación al patrón en cuanto al incremento de las cuotas por riesgo de trabajo. Creo que se tiene que hacer un análisis muy preciso para determinar situaciones muy puntualizadas en cuanto a ver en qué lugares pudiera ser que sí, por el tipo de empresa, por el tipo de actividad, que pudiera darse, pero no deberíamos generalizar.¿Cómo se reconoce este beneficio laboral?
Si el trabajador no está en la etapa activa de la enfermedad, puede presentarse en el Servicio de Salud en el Trabajo de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponda, con su identificación o cartilla médica. Si cuenta con notas médicas, resultados de laboratorio o gabinete, deben incluirse; si el empleado no está en condiciones de salud, puede acudir un beneficiario, familiar o representante.El Médico de Salud en el Trabajo de la Unidad de Medicina Familiar evaluará el riesgo que tuvo al presentarse a laborar durante la contingencia y pedirá a tu patrón información sobre las actividades durante este tiempo, además de información sobre contacto con compañeros enfermos en la empresa. Al contar con toda la información de la enfermedad, se emitirá el resultado y, al reconocerla como enfermedad de trabajo, se le otorgarán los beneficios del Seguro de Riesgo de Trabajo. El empleado o sus representantes serán informados oportunamente del resultado, así como su empresa.Leer más: El Ayuntamiento de Mazatlán gasta 5 mdp por la pandemia Covid-19Para entender…
Pandemia ha implicado una reducción de personal en empresas Estas nuevas medidas se suman a las dificultades que han tenido que sortear las empresas en el país derivado del covid-19. Tan solo en la  tercera encuesta del Inegi sobre el impacto generado por el covid-19 en las empresas (ECOVID-IE),  el 85.6 por ciento de las mismas, un millón 873 mil 564, reconoció haber sido perjudicada por la pandemia.La disminución de los ingresos es la principal afectación, reportada por el  73.8 por ciento; seguida por la baja demanda, con el 50.2 por ciento, y la escasez de los insumos o productos, para 29.2 por ciento. Lamentablemente, el 18.4 por ciento de las empresas han tenido que recurrir a reducción del personal y 13.2 por ciento reconocen que realizaron reducciones de las remuneraciones o de prestaciones.

 

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