Fiscalías locales optan por revictimizar y violar el debido proceso



Desde las fiscalías de la Ciudad de México, Oaxaca y Puebla se ha filtrado información a medios de comunicación de distintos casos de feminicidio, desaparición o la exhumación del cuerpo del bebé que apareció en un penal.
Esta práctica no solo es una violación al debido proceso judicial, también perjudica la dignidad de las víctimas y sus familias, y privilegia que prevalezca la impunidad, así lo refirieron en entrevista organizaciones como la Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi), Comunicación e Información para la Mujer (CIMAC), el Instituto de Justicia Procesal Penal, el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio (OCNF) y la Red por los Derechos de la Infancia en México (Redim).
Aunque no hay una cifra exacta de cuál es la proporción de datos filtrados a medios de comunicación, el documento “Seguimiento al Diagnóstico Feminicidio en Medios Digitales”, del Observatorio de Violencia de Género en Medios de Comunicación (Ovigem), del Consejo Ciudadano de Seguridad y Justicia del estado de Puebla, apunta que de las notas analizadas sobre feminicidio 30% provenían de fuentes son extraoficiales y 10% fue obtenida por fuentes de ambos tipos (oficiales y extraoficiales).

Pese a que las filtraciones violan los artículos 106 y 15 del Código Nacional de Procedimientos Penales, donde se prohíbe revelar información confidencial a terceros no legitimados y porque se obliga de resguardar los datos personales y sensibles de las personas involucradas, algunos estados como Ciudad de México, Colima, Oaxaca, Estado de México y recientemente, Chihuahua, han decido incluirles también como delito en sus respectivos Códigos Penales.
Las filtraciones son graves: OCNF
Liliana Lozada de Jesús, de 33 años, fue reportada desaparecida el 4 de enero en la ciudad de Puebla. Se había trasladado al municipio de Atlixco, a 40 minutos de la capital poblana, por cuestiones laborales, de acuerdo con su familia. Una semana después de su desaparición y tras una marcha para exigir celeridad en las investigaciones, Diario Cambio publicó información sensible sobre la víctima y la existencia de un presunto sospechoso. Esta información, según el propio medio de comunicación, habría sido proporcionada por “fuentes al interior de la Fiscalía General del Estado”.
Días más tarde, el mismo medio de comunicación publicó detalles de las líneas de investigación de la Fiscalía, y proporcionó datos que revictimizaron a Liliana Lozada y dañarían su dignidad. Se dijo que los datos eran de “informantes que llevan mano en la investigación por la desaparición de la modelo”. Posteriormente, el 21 de enero, se filtró a distintos medios de comunicación del hallazgo de un cuerpo que podría corresponder al de Liliana, antes de que la familia pudiera corroborar el hecho.

Recientemente, también se han filtrado datos sobre las lesiones infringidas a Liliana, lo que la revictimiza.
Para María de la Luz Estrada, Coordinadora del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF), estas filtraciones son graves porque “la autoridad justifica casi el riesgo de las mujeres, porque dice ellas se ponen en riesgo, sus prácticas, sus acciones, son las que las están poniendo en riesgo y por eso les pasa”.
La activista dijo, durante una entrevista, que las filtraciones en el caso de Liliana Lozada revelan varias omisiones: en primer lugar, que se haya dejado libre a un posible sospechoso y que, en lugar de seguir investigando, las autoridades den a conocer información que confunde.
Carlos Humberto Olvera González, abogado del OCNF, agregó que además de ser una violación al debido proceso y una violación a los derechos de las víctimas, estas filtraciones evidencian que no hay perspectiva de género en las fiscalías.
“Hay un tema que no es jurídico donde fiscalías hacen estas filtraciones para estigmatizar a víctimas desestimar o desincentivar a la sociedad de exigencia de la sociedad y voltear la responsabilidad a las víctimas”, agregó el abogado.
Desvían la atención
Tadeo Ayala Peralta, un bebé de 3 meses, falleció por complicaciones médicas el 5 de enero de 2021, en la Ciudad de México. Su cuerpo fue encontrado días después en un contenedor de basura en el interior del Centro de Readaptación Social (Cereso) de San Miguel, Puebla, a unas dos horas de la capital del país. De acuerdo con información oficial y de la organización Reinserta, el cuerpo de Tadeo habría sido exhumado, trasladado e ingresado ilegalmente al Cereso, sin que hasta el momento se sepa el motivo.
Aunque la Fiscalía poblana anunció la vinculación a proceso de 17 personas y la detención de dos más, entre ellas la mujer que ingresó el cuerpo de Tadeo a San Miguel, para Juan Martin Pérez García, coordinador de la Iniciativa Tejiendo Redes Infancia en América Latina y el Caribe, la investigación se está desviando de lo importante: acceso a la justicia y la verdad, al centrarse en el móvil y detalles morbosos.
Lee: Vinculan a proceso a 5 presuntos implicados en el caso del bebé Tadeo, hallado en el penal de Puebla
“No es para qué se usó (el cuerpo del bebé), no importa, puede quedar en la carpeta, lo que importa es saber quién lo exhumó, quien lo trasladó, quien lo metió al penal y los castigos que habrá”, explicó Pérez García, ante las diferentes versiones que circulan en medios de comunicación, propiciadas por las autoridades de Ciudad de México y Puebla, desde una pelea por el control interno hasta actividades criminales o rituales.
Pero además de desviar la atención de lo fundamental, las filtraciones en casos de violaciones a derechos humanos de infancias podrían poner en riesgo la cadena de custodia y hacer frágiles las investigaciones, comentó Juan Martin Pérez, y en casos como el de Tadeo, el tratamiento mediático lo priva de su derecho a la dignidad y lo reduce a un mero objeto de uso, lo cual daña a su familia.
Ante esta situación recomendó que aunado al conocimiento de la verdad y sanción de los responsables, las autoridades hagan una reparación integral a la familia de Tadeo, brinden una disculpa pública e, incluso, reciban una compensación monetaria por los hechos.
Revictimizan a las familias
La activista y defensora de los bosques en la zona mixteca de Oaxaca, Irma Galindo Barrios, desapareció el 27 de octubre de 2021, en la Ciudad de México, donde tenía una cita con el Mecanismo Nacional de Protección a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, debido a un recrudecimiento del conflicto comunitario en San Esteban Atatlahuaca, donde ella residía. Fue el 16 de enero de 2022 que medios de comunicación dieron a conocer de la localización de unos restos humanos y señalaron que podrían ser los de Irma.
La Red Nacional de Defensoras de Derechos Humanos en México pidió, el 20 de enero, que las fiscalías de Ciudad de México y Oaxaca se pronunciaran al respecto y aclararan la situación. Ese mismo día, la Fiscalía General del Estado de Oaxaca informó mediante un boletín que el cuerpo encontrado correspondía a un hombre y, por lo tanto, descartaba que correspondiera a la defensora.
Durante una entrevista, Aurora de la Riva, codirectora de la Red Nacional de Mujeres Defensoras de Derechos Humanos en México, dijo que estas confusiones se deben a un mal manejo de la información y de las diligencias por parte de la Fiscalía o personas cercanas a la Fiscalía, lo cual llevó -como con Liliana y Tadeo- a una revictimización de Irma y su familia.
De la Riva expuso que en temas de desaparición la familia es la primera a la que se debe informar del hallazgo del cuerpo y sólo a través de la autorización de la familia, se puede hacer pública esa información por parte de las autoridades. “Corresponde y es obligación de la autoridad hacer el debido cuidado de las diligencias, son acuerdos que familiares de personas desaparecidas y fiscalías para que sólo en comunicación bilateral con las personas ofendidas se dé la información”, dijo la activista.
Además, en el caso de Irma, estas filtraciones no sólo confunden, sino que distorsiona la propia investigación, ya que apuntarían a que, en primer lugar, se hace una búsqueda de Irma sin vida y en un lugar distinto a donde se le vio por última vez: la Ciudad de México.
Generan impunidad
Javier Carrasco Solís, director ejecutivo del Instituto de Justicia Procesal Penal, señaló que las filtraciones hachas por fiscalías, peritos y policías pueden contaminar el propio proceso, afecta la neutralidad de las autoridades cuando toman las decisiones y generan impunidad. “Cuando pasa a la luz pública, cuando aún no inicia el proceso, puede crear un sentido de impunidad, (pues) se señala a una persona culpable y si no se le comprueba el hecho sale absuelta, pero se piensa que algo ocurrió mal en el proceso, que hubo corrupción”, expuso.
Es por ello que, desde su punto de vista, una de las formas de prevenir estas situaciones es que quienes difunden la información, servidores públicos, medios y periodistas, tengan consecuencias. “Se puede iniciar un proceso en contra de quien filtró para que paguen por una reparación del daño, […] (al) iniciar un proceso en contra de quien violó la imagen, la dignidad, la privacidad, ahí pudiera haber una forma para tratar de prevenir, sin consecuencias no se va a corregir”, manifestó.
Según el especialista, para proceder en contra de las personas responsables de las filtraciones se podría hacer por la vía civil, con demandas por daño moral, o por la vía administrativa, interponiendo quejas ante órganos de control internos. Incluso, se podría recurrir al artículo 106 del Código Nacional de Procedimientos, que dice “en ningún caso se podrá hacer referencia o comunicar a terceros no legitimados la información confidencial relativa a los datos personales de los sujetos del procedimiento penal o de cualquier persona relacionada o mencionada en éste”.
Hay algunas las entidades federativas que han optado por incluir a las filtraciones, sobre todo de imágenes e información revictimizante en contra de mujeres, en su Código Penal: Ciudad de México, en el artículo 293 Quarter; Colima; en el artículo 240 Bis; Oaxaca, en el artículo 207 fracción VII; Estado de México, en el artículo 227 Bis, y recientemente, Chihuahua, en los artículos 264 Bis y 288, fracción X.
Evidencian falta de ética
Desde el punto de vista de Aurora de la Riva filtraciones también revelan tipo de falta de ética de medios que se ponen cómo vehículos de esta información. “Pudo haber prudencia de ciertos medios a estos casos de desaparecidos […], donde se compromete la situación psicoemocional de las familias (con) este tipo de filtraciones”, añadió.
En ese mismo sentido se manifestó Rafael Hernández García Cano, de Asociación Mexicana de Derecho a la Información (Amedi) capítulo Puebla, respecto al caso de Liliana Lozada. “¿Por qué alguien de la Fiscalía filtra? ¿Cuál es la intención de filtrarlo? […] Digo un expediente que está en curso la investigación, incluso, digamos obstaculizas la investigación si lo publicas […] Entonces aquí hay un mal manejo de la información por parte de la fiscalía y, por supuesto, hay un problema de ética periodística por parte de (Diario) Cambio”.
Otra cuestión que apuntó es que si bien la libertad de expresión está protegida por la legislación mexicana y tratados internacionales, en tanto derecho humano fundamental, tiene límites, no es absoluta, tiene restricciones, que son los derechos humanos de las personas y dentro de los derechos humanos de las personas están los derechos a la privacidad y al honor.
A Cirenia Celestino Ortega, coordinadora del Observatorio de Medios de Cimac, no le extraña que exista una revictimización en los medios, siendo las instituciones la principal fuente de información. “Entonces si tenemos un periodismo que revictimiza, que cuestiona la vida de las víctimas, que defiende a los agresores, es porque desde el origen de la información, desde los boletines de prensa, la información así viene”, sostuvo.
De acuerdo con un análisis del observatorio de Cimac, de 361 notas relativas a la violencia machista, 6% fueron abiertamente sexistas y en el 83% se evidenció una ausencia de investigación periodística. Por su parte, el Ovigem de Puebla ubicó que el en 75% de las notas analizadas para el “Seguimiento al Diagnóstico Feminicidio en Medios Digitales” fueron las autoridades, ya sea de manera oficial o extraoficial.
Para Cirenia Celestino existen tres elementos que favorecen la publicación de filtraciones respecto a violencias contra las mujeres: la práctica machista en las dependencias de procuración de justicia y que abarca a sus áreas de comunicación, la naturalización de la violencia en los medios de comunicación y la falta de acción por parte de la Secretaría de Gobernación federal, a quien le toca revisar que los contenidos de medios estén desprovistos de violencia contra las mujeres.
El artículo 42, fracciones X y XI, de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia señala que es deber de la Secretaría de Gobernación “vigilar y promover directrices para que los medios de comunicación favorezcan la erradicación de todos los tipos de violencia y se fortalezca la dignidad y el respeto hacia las mujeres” y “sancionar conforme a la ley a los medios de comunicación que no cumplan con lo estipulado en la fracción anterior”.
Tanto para Cirenia Celestino como para Aurora de la Riva una opción para evitar la publicación de las filtraciones sería la sensibilización de los medios, desde dueños y directivos hasta quienes escriben las notas. Además de enfatizar la responsabilidad de las áreas de comunicación social, en tanto forman parte de la función pública, de respetar y proteger los derechos humanos de las mujeres.
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