Justicia comunal en la nueva Constitución



En el marco de la importancia que reviste para la ciudadanía la justicia local y su inclusión dentro de la nueva Constitución, el Colegio de Secretarios Abogados y Jueces de Policía Local y el Instituto Nacional de Jueces y Secretarios Abogados de Juzgados de Policía Local fuimos recibidos recientemente por la Comisión de Justicia de la Convención (Sistemas de Justicia, Órganos Autónomos de Control y Reforma Constitucional) para dar a conocer nuestros puntos de vista respecto de la materia.
Si bien el sistema de justicia chileno ha vivido una progresiva modernización, mejorando aspectos como el acceso a la justicia para la ciudadanía y transparencia, estos avances han quedado vetados para la justicia local, figurando como un actor anacrónico en la actividad jurisdiccional del Estado, siempre de una relevancia habitualmente soslayada en las discusiones sobre políticas referidas a la judicatura.
En este contexto, aunque los Juzgados de Policía Local han demostrado ser tribunales que, en general, con pocos recursos, han logrado atender necesidades de la comunidad, y cuentan con un gran soporte (importante capacidad instalada, cobertura inmejorable en casi todo el territorio nacional, largo conocimiento de temas diversos, etcétera), requieren de una urgente modernización. Una ocasión que la da el actual debate constitucional.
En este sentido, estamos de acuerdo con la creación de los Tribunales de Justicia Comunales, que tengan jurisdicción respecto de todas aquellas controversias jurídicas que se susciten a nivel comunal y que digan relación con contravenciones o faltas, controversias individuales, de carácter civil y comunitarias asociadas a relaciones de vecindad, y otras materias que determine la ley.
Pero para llegar a esta nueva figura, sugerimos que, a través de una norma transitoria de la nueva Constitución, los actuales Juzgados de Policía Local terminen con su anacrónico vínculo municipal y pasen a formar parte del Sistema de Justicia que creará la Constitución en el ámbito de la justicia local —o vecinal o comunitaria—, quedando en manos de la Ley la determinación de la forma en que se produzca dicho tránsito y cuáles serán las competencias comunales de su cargo. Creemos que esta norma legal no debería dictarse dentro de un plazo de más de cinco años, contados desde la entrada en vigencia de la nueva carta magna.
De esta forma, todos los jueces, secretarios abogados y el personal administrativo que actualmente laboran en los juzgados de policía local pasarán a formar parte del Sistema de Justicia en la forma que determine la ley. Los bienes y el presupuesto de los respectivos juzgados se transferirán al Sistema de Justicia por parte de las municipalidades y en el caso de bienes inmuebles municipales destinados parcialmente al funcionamiento de dichos juzgados, serán cedidos en comodato al Consejo Nacional de la Magistratura, en la parte que esté siendo usada por los respectivos juzgados, todo lo anterior conforme determine la ley.
Considerando los desafíos que tendrá el país en distintos ámbitos de la función judicial, los que sin duda demandarán enormes recursos y esfuerzos legislativos y operacionales, creemos que son los Juzgados de Policía Local los que a través de las ineludibles transformaciones e modernizaciones que se requieran y como parte del Nuevo Sistema de Justicia, pueden entregar una solución eficiente a la problemática de falta de acceso a la justicia vecinal y de pequeñas causas que existe en el país. En efecto, hablamos de Jueces y funcionarios que cuentan con vocación, experiencia y conocimientos en el ejercicio jurisdiccional que resultan valiosos y necesarios para garantizar debidamente el acceso a dicha justicia.
Así, los Juzgados de Policía Local son los órganos jurisdiccionales naturalmente llamados a constituir el primer eslabón del nuevo esquema del sistema de justicia que se proyecta a nivel constitucional, recogiendo las necesidades de acceso a la justicia de la ciudadanía, sobre la base de la actual red de los 379 Tribunales de Policía Local existentes en Chile.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.



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