Los pendientes para la discapacidad en la nueva Ley de Movilidad



Además de exámenes para licencias, límites máximos de velocidad y otras obligaciones, la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial cuenta con diversas disposiciones específicas sobre las personas con discapacidad, en aras de contar con sistemas incluyentes de transporte público.
Sin embargo, la implementación de la ley todavía dependerá de que se hagan ajustes legislativos y financieros en entidades y municipios, además de que existen todavía pendientes, señalan expertos en el tema.
De entrada, de acuerdo con Salvador Saavedra, socio fundador de la Alianza Nacional por la Seguridad Vial (Anasevi), es necesario resaltar la importancia de que se incluya la perspectiva de discapacidad.

“Es un gran avance para las personas con discapacidad, pues se les atiende en una Ley General, principalmente en materia de movilidad”, aseguró Saavedra en declaraciones para Yo También.
En el dictamen, aprobado ayer por el Senado de la República -y listo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación-, aborda, como nunca antes en material vial, algunas disposiciones, términos y obligaciones sobre discapacidad y movilidad.
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Accesibilidad, ajustes razonables, ayudas técnicas, son algunos de los términos que se aprecian a lo largo de la ley.
La accesibilidad aparece como principio de movilidad y seguridad vial para “garantizar el acceso pleno en igualdad de condiciones, con dignidad y autonomía a todas las personas al espacio público, infraestructura, servicios, vehículos, transporte público y los sistemas de movilidad … con especial atención a personas con discapacidad, movilidad limitada y grupos en situación de vulnerabilidad”.
Además, las personas con discapacidad, de movilidad limitada y las personas peatonas son, por primera vez, las más importantes en la jerarquía de movilidad.
“La planeación, diseño e implementación de las políticas públicas, planes y programas en materia de movilidad deberán favorecer en todo momento a la persona, los grupos en situación de vulnerabilidad y sus necesidades, garantizando la prioridad en el uso y la disposición de las vías”, establece el ordenamiento, que además indica la obligatoriedad de asumir un enfoque equitativo y diferenciado en razón de género.
Además, el papel de las organizaciones de la sociedad civil (incluidas las de personas con discapacidad) se fijó como requerimiento para la formación de la política nacional de movilidad y de seguridad vial.
“Las autoridades competentes en el ámbito de sus atribuciones deberán garantizar que la movilidad esté al alcance de todas las personas en igualdad de condiciones, sin discriminación de género, edad, discapacidad o condición, a costos accesibles y con información clara y oportuna, priorizando a los grupos en situación de vulnerabilidad”, abunda el ordenamiento.
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A partir de la entrada en vigor de la nueva ley, los servicios de transporte deberán tener vehículos con diseño universal y ayudas técnicas para personas con discapacidad, con acciones afirmativas y ajustes razonables requeridos.
Además se deberá contar con sistemas de sujeción para sillas de ruedas, rutas accesibles, señales auditivas, visuales, táctiles, rampas, especificaciones y espacios públicos de diseño universal, entre otras medidas.
Incluso, se obliga a operadores de transporte público y prestadores de servicio a recibir capacitaciones de sensibilización, educación y formación en materia de movilidad, a fin de evitar conductas que generen discriminación.
Saavedra consideró que aunque hay avances considerables, en México estamos todavía lejos de contar con un sistema legal encaminado a garantizar la seguridad vial.
“El dictamen que regresa la Cámara de Diputados, como cámara revisora, a la Cámara de Senadores, como cámara de origen, atendió dos peticiones, una de la industria del autotransporte público federal y la otra de la Secretaría de Economía. Ambas solicitudes no tienen impacto en la seguridad vial, por lo que vemos al dictamen igual que como salió de la cámara de origen, con grandes oportunidades para mejorar la seguridad vial”, manifestó el experto.
Aunque, se pronunció a favor de que esta Ley General se publique cuanto antes y sobre ella, como base mínima, construir nuevas modificaciones.
“Muchas de nuestras propuestas fueron incluidas y otras tantas quedaron fuera. En el proceso de construcción se llega a una ley posible, que todos los involucrados puedan votar favorablemente. Lamentamos que no se haya logrado la creación de la Agencia de Seguridad Vial como organismo autónomo, ni que la ley tenga presupuesto propio, pues ambas faltas le restan fuerza para el logro de los objetivos de reducción de las lesiones fatales y no fatales”, aseguró.
Específicamente en materia de accesibilidad, uno de los pendientes es que no se haya legislado para garantizar la accesibilidad en todos los modos de transporte.
“Seguirá siendo un pendiente en tanto no se legisle y se implemente la ley en todos los vehículos que prestan servicio de transporte”, dijo Saavedra.
Emilio Álvarez Icaza, senador independiente, emitió un voto particular en el que se manifestó en contra de que la nueva ley no haya incluido estándares de protección más avanzados el que espera incorporar Brasil en 2030.
Álvarez Icaza resaltó la importancia de que colectivos de personas con discapacidad hayan participado activamente en la elaboración de la ley, en particular en el parlamento abierto del pasado 23 de febrero.
En una sesión previa del pleno de la Cámara de Diputados, el legislador Salomón Chertorivski dijo que con este ordenamiento se busca disminuir el número de víctimas fatales por accidentes viales.
“Cada día mueren 44 personas en hechos viales, en las calles y carreteras de México y este tipo de siniestros son la primera causa de muerte de jóvenes en nuestro país. Está claro que algo anda mal en nuestra forma de movernos, demasiados accidentes y riesgo”, dijo el legislador.
Con la reforma se obliga a que quienes quieran obtener una licencia de conducir cumplan con un examen, el uso del cinturón de seguridad y de sistemas de retención infantil o asientos especiales para personas menores de 12 años -y que viajen siempre en asientos traseros- también son mandatorios.
También se creará un Sistema Nacional de Movilidad y Seguridad Vial, un Sistema de Información Territorial y Urbano y bases de datos sobre movilidad y seguridad vial con participación de todos los niveles de gobierno.
La prohibición de usar teléfono celular mientras se conduce, o cualquier otro dispositivo electrónico, quedó manifiesta en la ley.
De acuerdo con AT&T y Anasevi, 37 por ciento de los conductores ha tenido un accidente o ha estado en riesgo de tenerlo debido a distracciones, en 73 por ciento de estos casos, la distracción fue causada por el uso de dispositivo celular, de acuerdo con una encuesta aplicada por estos organismos.
La diputada Santi Montemayor Castillo refirió que los accidentes viales son la principal causa de traumatismos no mortales.
“… lo que provoca discapacidad a alrededor de 50 millones de personas a nivel global. En nuestro país la situación no es diferente, pues cada año se registran poco más de 17 mil muertes a consecuencia de siniestros viales, de los cuales 65 por ciento de los casos se trata de peatones, ciclistas, motociclistas, es decir usuarios viales vulnerables”, dijo.
La reforma igualmente obliga a autoridades federales, de entidades federativas y de municipios a realizar de manera permanente pruebas de alcoholemia -es decir, a través de alcoholímetros- a conductores.
Los plazos para la creación de los sistemas de información quedaron en 365 días naturales a partir de la publicación del decreto.
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