CDMX regulará ruido de coches con reglamento

El próximo reglamento de la Ciudad de México para regular la emisión de ruido en fuentes móviles, que será publicado en menos de 60 días como parte de las reformas la Ley Ambiental en materia de ruido, prevé indicaciones para que la ciudadanía evite el uso excesivo de cláxones y bocinas, así como varias prohibiciones que buscan aminorar la contaminación acústica en la capital del país. Entre las acotaciones que se cocinan a fuego medio para aplicar, principalmente por quienes circulen a bordo de sus unidades en las calles de la Ciudad de México, están prohibir la alteración de cláxones, motores y escapes originales de fábrica de las unidades motoras para hacerlos más ruidosos.En tanto que para otros espacios públicos se prevén impedir el uso de aparatos generadores de ruido en un radio de 100 metros de proximidad a un hospital, sanatorio o centro de educación. También se prohibirá el uso bocinas para amplificar la voz o el sonido reproducido.Asimismo, el reglamento para aminorar la emisión del ruido en la ciudad estipulará que los motores y el sistema de transmisión de los vehículos deberán estar en buenas condiciones de funcionamiento para evitar la generación de ruido excesivo al circular por las vías principales y secundarias.Inluso el uso de reproductores de audio deberá ser sin afectar a terceros, lo mismos para el empleo moderado de cláxones, silbatos, timbres, campanas u otros aparatos análogos para avisar al dar una vuelta, retroceder, entrar o salir al circular en calles sin semáforos. Y es que la Secretaría del Medio Ambiente capitalina (Sedema) trabaja en el Reglamento de la Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal en Materia de Prevención y Control del Ruido, que se prevé sea publicado en un lapso no mayor a 60 días, es decir, a inicios del mes de agosto como fecha límite.En lo que respecta a los límites máximos permisibles se consideran los que la NOM-080-ECOL-1994 establece:Te invitamos a leer: Para vehículos cuyo peso bruto vehicular no exceda los 3 mil kilogramos el nivel máximo permisible será de 86 decibeles(A) Para los vehículos cuyo peso bruto vehicular sea de más de 3 mil kilogramos y hasta de 10,000 kilogramos el nivel máximo permisible será de 92 decibeles (A) Para los vehículos cuyo peso vehicular exceda de los 10 mil kilogramos el nivel máximo permisible será de 99 decibeles(A)



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