Segmentación de tarifas: Gobierno habilitaría esta semana el registro para mantener los subsidios


El Gobierno nacional anunció la semana pasada la segmentación de tarifas de luz y gas. Según el Decreto 332/2022, publicado el jueves pasado en el Boletín Oficial, los usuarios que ganen más de $333.410  (3.5 Canastas Básicas Totales) o sean titulares de tres o más automóviles con antigüedad menor a cinco años tendrán que pagar la tarifa plena. Según anunció el Ejecutivo, esto sólo alcanzará al 10% de los usuarios, mientras que el 90% restante no sufrirá más aumentos en lo que resta del año.Esta semana, se habilitaría el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE), dependiente del Ministerio de Economía, para que el organismo identifique a los usuarios con mayor capacidad de pago.Puntos a tener en cuenta a la hora de inscribirse al registro
La inscripción podrá realizarse de manera online, a través de www.argentina.gob.ar/subsidios, o presencial, en las oficinas de la ANSES y de las distribuidoras de electricidad y gas.Al momento de realizar la inscripción, los usuarios y usuarias deberán informar un domicilio. Los datos que brinden tendrán características de Declaración Jurada de ingresos, patrimonios y grupo familiar. Una vez ingresados, el Estado evaluará si corresponde mantener el subsidio.Quien no complete este trámite perderá los subsidios.Los usuarios que tienen tarifa social seguirán con la subvención aún si no se inscriben.El Gobierno espera una inscripción rápida, como sucedió con el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), que, durante la etapa más dura de la pandemia, alcanzó a unas 7 millones de personas.Subsidios: anunciaron tres nuevas escalas
Según el Decreto 332/2022, publicado este jueves en el Boletín Oficial, pagarán la tarifa plena de energía aquellos usuarios y usuarias que reúnan al menos una de las siguientes condiciones:
Ingresos mensuales netos superiores a un valor equivalente a TRES Y MEDIA (3,5) Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 -compuesto por un varón de 35 años, una mujer de 31 años, un hijo de 6 años y una hija de 8 años- según el INDEC. En su último informe, el instituto fijó el valor de la CBT para una familia de este tipo en $95.260. Por lo tanto, aquellas que perciban ingresos superiores a $333.410 abonará el costo pleno de la tarifa.
Ser titulares de TRES (3) o más automóviles con antigüedad menor a CINCO (5) años.
Ser titulares de TRES (3) o más inmuebles
Ser titulares de UNA (1) o más aeronaves o embarcaciones de lujo según la tipología aplicable por AFIP
Ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena.

En otro tramo del documento oficial, se detalla cómo será el aumento para los sectores de ingresos medios. Según se detalla, los usuarios y usuarias comprendidos en este nivel, el incremento no podrá superar el 80% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior. En 2021, fue del 53,4%. Por lo tanto, el aumento no podrá superar el 42,72%.Asimismo, integrarán este nivel quienes, pudiendo integrar el nivel que comprende a los usuarios de menores ingresos, sean propietarios o propietarias de DOS (2) o más inmuebles, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, o sean propietarios o propietarias de UN (1) vehículo de hasta TRES (3) años de antigüedad, excepto los hogares donde exista al menos un o una conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD).Para los usuarios y usuarias de menores ingresos, el incremento no podrá ser superior al 40% del Coeficiente de Variación Salarial (CVS) del año anterior. Es decir, no podrá ser superior al 21,36%.En este grupo estarán comprendidos aquellos que:
Ingresos netos menores a un valor equivalente a UNA (1) Canasta Básica Total (CBT) para un hogar 2 según el INDEC
Integrante del hogar con Certificado de Vivienda (ReNaBaP)
Domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario registrado en RENACOM;
Al menos un o una integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur;
Al menos un o una integrante posea certificado de discapacidad expedido por autoridad competente y, considerando a los y las integrantes del hogar en conjunto, tengan un ingreso neto menor a un valor equivalente a UNA Y MEDIA (1,5) Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar 2 según el INDEC.



Source link

Related Posts

Add Comment