Reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas: tarea pendiente.



¿Cuánta responsabilidad es de los Pueblos Indígenas en el fracaso del Apruebo del 4-9?  Sus propuestas fueron resistidas por el mundo conservador y sectores liberales. No hubo tiempo suficiente para desarrollar una pedagogía de ellas. Los convencionales indígenas lograron acuerdos relevantes con la mayoría del pleno de la convención, y es evidente que estaban sinceramente influidos por los ecos del estallido social y pensaron que sus ideas contarían con un amplio respaldo.
El tema indígena fue un “caballito de batalla” de los conservadores para inducir en la ciudadanía temor sobre su identidad y territorio. Con el ataque a la plurinacionalidad, se acusó que los indígenas pretendían dividir el país. El sentido común indicaba que aquello era parte de una campaña para generar rechazo a la nueva Constitución.
Los 53 artículos indígenas destacaron derechos que ya están consagrados en la legislación chilena desde 1993 al 2016, con la Ley Indígena 19.253 y el Convenio 169 de la OIT. El Estado suscribió en Naciones Unidas la Declaración de derechos indígenas en septiembre del 2007 y luego la Declaración americana de derechos indígenas del 2016. En el 2004 el presidente Lagos entregó al país el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Nuevo Trato. Nada de esto se explicitó suficientemente, ni por los convencionales, ni por el mundo conservador (que silenció estratégicamente estas fuentes documentales), ni por los partidos políticos progresistas y los medios de comunicación centraron sus editoriales en los cuestionamientos.
La campaña conservadora no es un solo motivo. Los convencionales indígenas apostaron a innovar en diversos temas, como el de la plurinacionalidad. Pero, la instalación de un concepto nuevo requiere un tiempo de desarrollo y de maduración. La idea de plurinacionalidad requería mucha explicación para entender su significado y sus efectos. Si esto era así en el mismo mundo indígena, igual lo sería en la sociedad toda, que de plurinacionalidad viene recién enterándose ahora. La clase política no estaba igualmente preparada para entenderlo. Una franja muy amplia de dirigentes políticos, de todos los colores, ni siquiera se acordaban de la existencia del Informe del Estado de Chile sobre Verdad y Nuevo trato con los PPII. La derecha tenía claro este diagnóstico.
Frases como: “La constitución es indigenista”, “con el consentimiento paralizarán el desarrollo de Chile y nos llevarán al descalabro” y mucho más, y a falta de tiempo para verificar si eso fuese así en el Chile futuro, muchas personas optaron por rechazar el texto entre muchas otras razones, pero manteniendo el mandato de redactar una nueva Constitución.
Hay que sacar lecciones, entonces. Entre otras, el triunfo del rechazo ha tenido la virtud de develar esa cuota íntima de racismo y discriminación que todavía pervive en gran parte de nuestra sociedad. Esta es una derrota cultural. Nos ayuda a entender que la lucha social por reconocimiento y respeto a la diversidad está aún en pañales.
En el plazo mediano, y estando vigente el mandato del plebiscito de octubre 2020, y que el texto sea redactado por una Convención democráticamente electa, se deberá resolver nuevamente sobre la participación indígena y sus propuestas.
En el largo plazo, es evidente que los temas que no cuentan con una suficiente maduración social, cultural y política no serán necesarios de reponer. Hoy, lo sustantivo es el Reconocimiento Constitucional de los Pueblos Originarios, tema que sí cuenta con una amplia aceptación, desde la derecha hasta los sectores liberales si tomamos en cuenta sus declaraciones.

En síntesis: la idea de un Estado social y democrático de derechos e inclusivo sigue vigente, lo que conlleva el Reconocimiento Constitucional de los PPII y de los derechos indígenas que se corresponden con nuestra propia legislación desde 1993: “Respetar, promover, proteger y garantizar el ejercicio de la libre determinación, los derechos colectivos e individuales de los cuales son titulares e incorporando su representación política”, y terminar así, con 212 años de exclusión. El hecho históricamente relevante hoy es que los Pueblos Originarios no pueden ser excluidos del texto constitucional. Y tampoco pueden ser apartados o tratados de manera irrelevante en el órgano constituyente.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.



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