Corte avala acuerdo sobre permanencia del Ejército en las calles



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló el acuerdo del presidente Andrés Manuel López Obrador a través del cual ordenó la permanencia del Ejército en tareas de seguridad pública hasta el 2024.
De esta manera, con ocho votos a favor y tres votos en contra, el Pleno de la Corte invalidó la controversia constitucional interpuesta por la expresidenta de la Cámara de Diputados, la panista Laura Ríos, que consideraba que el presidente López Obrador invadió atribuciones del Poder Legislativo al publicar dicho acuerdo en mayo de 2020.
Al exponer su proyecto, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat explicó que lo anterior es así porque el artículo quinto transitorio del que se apoyó el presidente para emitir su acuerdo fue claro en facultarlo para disponer de la Fuerza Armada permanente para realizar labores de seguridad pública.

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“Por ello, el acuerdo impugnado no implica intromisión alguna del poder Ejecutivo”, dijo Ríos Farjat al inicio de su intervención. Sin embargo, y pese a votar a favor de avalar el llamado “acuerdo militarista”, el ministro Arturo Zaldívar insistió en que esta decisión “de ninguna manera significa que este Tribunal está autorizando la militarización de la seguridad pública”.
“Tanto la Constitución como el acuerdo son muy claros: la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad ciudadana, además de ser temporal, debe ser extraordinaria, complementaria y subordinada. En ningún caso nuestro marco constitucional, y menos aún esta Suprema Corte, reconoce una participación ilimitada, total, directa ni expansiva en funciones que en principio y por regla general corresponden a las autoridades civiles”.

Ministros van contra militarización
Pese a que el acuerdo del presidente López Obrador fue avalado por la inmensa mayoría, los ministros Luis María Aguilar Morales y Juan Luis González Alcántara Carrancá utilizaron sus espacios para explicar por qué el proyecto tenía que rechazarse.
El ministro Aguilar Morales aseguró que la motivación para usar a las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad debe ser reforzada porque el ejercicio de tal atribución “tiene el alcance de afectar derechos fundamentales u otro bien relevante desde el punto de vista constitucional”. 
En tanto, Gonzales Alcántara explicó que al permitir que las Fuerzas Armadas suplan absolutamente a la Guardia Nacional “el Ejecutivo Federal incumple con los requisitos de que la participación de la Fuerza Armada permanente en funciones de seguridad pública, sea extraordinaria, subordinada y complementaria”. 
En la discusión, la ministra Ríos Farjat y el ministro Laynez Potisek pidieron a sus compañeros no adentrarse al análisis de si está o no debidamente fundamentada la participación del Ejército en las calles, pues no es tema en una controversia constitucional. 
No obstante, el ministro González explicó que desde 1857, a través del artículo 129 constitucional, se ha rechazado convertir el Estado en un cuartel.
“Es de lo establecido en dicho artículo, y no de mi opinión personal, que derivo y cito textualmente la constitución federal: en tiempos de paz ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar. Por eso su participación en labores ajenas a dicha disciplina es estrictamente excepcional”.
De acuerdo con el Centro Miguel Agustín Pro Juárez, aún quedan pendientes, al menos, otros nueve asuntos referentes a la militarización del país.
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