Reglamento que prohíbe exhibir tabaco va por encima de la ley: CONAINTA


El 16 de diciembre pasado, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reformas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, las cuales prevén, entre otras disposiciones, la prohibición para exhibir cigarros y productos de tabaco en todos los establecimientos y puntos de venta del país, y también las acciones de responsabilidad civil de las empresas tabacaleras; además, establecen mayores limitantes en los espacios públicos en los que se podrá fumar, como restaurantes y hoteles.
El nuevo ordenamiento entrará en vigor a los 30 días naturales de su publicación, es decir, que será hasta mediados de enero de 2023 cuando se aplique la prohibición de exhibir cigarros y productos de tabaco en las tiendas del país.
Ante este escenario, varios organismos empresariales manifestaron su rechazo a esta nueva normatividad por diversos motivos.
Por ejemplo, el Consejo Nacional de la Industria Tabacalera (CONAINTA) —que agrupa a empresas como British American Tobacco, Philip Morris International y Japan Tobacco International— sostuvo que el reglamento no coincide con las modificaciones a la Ley General para el Control del Tabaco, aprobadas por el Congreso de la Unión y que entraron en vigor en febrero de este año, ya que el documento publicado el 16 de diciembre se excede en sus prohibiciones y limitaciones a la industria tabacalera, la cual está legalmente establecida.
De acuerdo con el CONAINTA, para la elaboración del reglamento no se tuvo un debido proceso para su análisis y aprobación ni se cumplió con los tiempos establecidos para la consulta pública en la Ley de Mejora Regulatoria.
De igual forma, el organismo señala que en la elaboración de esta normatividad no se tomaron en cuenta ni se dio respuesta a los más de 900 comentarios plasmados en la plataforma de la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) desde mayo a diciembre de este año. 
En este argumento coincidió la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC), pues el organismo aseguró que la mayoría de los comentarios en la consulta de la CONAMER era de rechazo a la propuesta de la Secretaría de Salud federal.
Efectos y consecuencias
Para la ANPEC, la regulación llega en mal momento, ya que aún no se ha logrado la reactivación económica en el país y la venta de cigarros representa al menos 25% de la ventas directas e indirectas de los pequeños comercios, puesto que los clientes al ir a comprar estos productos se llevan otros más.
“Prohibir su exhibición significará pérdidas económicas que orillarán a muchos establecimientos a bajar la cortina”, pronosticó el organismo, que indicó que 5 millones de mexicanos dependen de esta actividad.
En tanto, el CONAINTA aseguró que las reformas al reglamento contienen violaciones a tratados comerciales, específicamente en materia de protección de inversiones y derechos humanos, e impedirán continuar con acciones de responsabilidad social en los estados donde empresas del ramo tienen presencia. 
“Todo ello pone en riesgo miles de empleos, así como futuras inversiones en nuestro país, justo en un momento en el que la economía mexicana más lo necesita”, estableció el organismo.
Por ello, llamó al gobierno federal y a la Secretaría de Salud a corregir el proceso y el contenido violatorio del nuevo reglamento, así como a respetar el Estado de derecho y acatar las disposiciones que el propio Poder Legislativo estableció en la modificación a la Ley General para el Control del Tabaco. 



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