La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de apelación presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) que pedía la prisión preventiva para los últimos formalizados por el caso del crimen del comunero mapuche Camilo Catrillanca.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Aner Padilla Buzada, María Elena Llanos Morales y el abogado integrante Alexis Gómez Valdivia– confirmó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Collipulli el viernes 25 de enero, vale decir la firma quincenal y la prohibición de acercarse entre ellos.
Se trata del abogado Cristián Eduardo Inostroza Quiñiñir, imputado como autor de los delitos consumados de obstrucción a la investigación y prevaricación del abogado; y de los carabineros Jorge Iván Contreras Figueroa, Manuel Antonio Valdivieso Terán y Gonzalo Andrés Pérez Vargas, como autores de los delitos consumados de obstrucción a la investigación e infidelidad en la custodia de documentos.
Asimismo, el tribunal tampoco consideró el recurso deducido por el Consejo de Defensa del Estado que solicitaba la imposición del arresto domiciliario total de los cuatro imputados.
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