El fallo del Tribunal Electoral Regional (TER) Metropolitano que impugnó la elección del rector Juan Manuel Zolezzi establece que los nuevos comicios se realicen en 30 días una vez ejecutoriado el veredicto y que en él podrán participar todos los académicos regulares.
“La Universidad de Santiago de Chile deberá efectuar un nuevo acto eleccionario, el que será convocado por el organismo colegiado superior respectivo, en el plazo de treinta días, contado desde que esta sentencia quede ejecutoriada y en él tendrán derecho a sufragar todos los académicos que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley N° 21.094”, dice el fallo.
El TER acogió la impugnación de la elección celebrada en julio de 2018, donde no se permitió votar a cerca de mil profesores por hora. El tribunal recordó que la ley que rige a las universidades estatales dice que éstas “deberán garantizar que (…) tengan derecho a voto todos los académicos con nombramiento o contratación vigente y que desempeñen actividades académicas de forma regular y continua en las respectivas instituciones”.
Según el fallo, en el proceso judicial Zolezzi dijo que exclueron a los profesores por hora del padrón “porque no son académicos, puesto que no están comprendidos entre las cinco jerarquías que describe el artículo 29 del Estatuto Orgánico de la Universidad
de Santiago de Chile” y “sólo por razones de respeto, a veces, se les llama profesores por horas de clase”.
Sin embargo, el tribunal interpretó que del artículo 21 se “desprende claramente” que el derecho a votar nace de ser un académico,”sin que sea necesario considerar si pertenece o no a alguna jerarquía
estatutaria, si tiene o no la calidad de profesor, instructor o de ayudante o si los estatutos lo denominan o no como profesor, pues es la función o la actividad académica la que define su derecho”.
El organismo ordena además que la universidad debe pagar el costo del proceso judicial, aunque la rectoría anunció que apelará la sentencia ante el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).
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