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SFP emite criterios de trabajo a distancia y horario escalonado ante COVID-19



La secretaria de la Función Pública, Irma Eréndira Sandoval Ballesteros, publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los criterios para el manejo del personal en la administración pública, que se aplicarán en el gobierno federal como medida de prevención ante la transmisión de COVID-19.
El periodo de implementación será del 23 de marzo al 17 de abril de 2020.
El acuerdo divulgado esta tarde establece que las instituciones de la APF pueden permitir el trabajo en casa a los adultos mayores de 60 años, personas con discapacidad, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, y personas con enfermedades crónicas no transmisibles (diabetes, hipertensión, enfermedad pulmonar, hepática, metabólica, obesidad, insuficiencia renal, lupus, cáncer, padecimientos cardíacos, entre otras).
A las y los servidores públicos con hijos o hijas menores de 12 años, que se encuentren cursando la educación básica, se les permitirán días de trabajo alternados. Tendrán además horarios escalonados de lunes a viernes, pero deberán cumplir ocho horas efectivas diarias de jornada de trabajo.
La Función Pública señaló que es imperativo asegurar el correcto cumplimiento de programas y objetivos institucionales, así como la prestación de bienes y servicios públicos indispensables para la ciudadanía, por lo que las entidades de la APF deberán continuar con su operación.
Quedan excluidas de la aplicación del acuerdo, las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina,e las Instituciones y autoridades que participen en la Seguridad Nacional, la Guardia Nacional y la de Seguridad Ciudadana, así como las Instituciones que presten servicios públicos de salud y protección civil.
Pero los criterios del acuerdo son obligatorios para el resto de las dependencias de la APF, los órganos desconcentrados, los órganos reguladores coordinados en materia energética, la Oficina de la Presidencia de la República, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, y las entidades paraestatales.
La vigilancia del cumplimiento de los criterios está a cargo de la Función Pública, a través de sus Órganos Internos de Control en todas las dependencias y entidades de la APF. A esta dependencia también le corresponderá la interpretación y resolución de los casos no previstos.
El acuerdo consigna que el presidente de la República instruyó a las dependencias y entidades de la APF a coordinarse con la Secretaría de Salud en la estrategia para la atención de COVID-19, después de que la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró, el 11 de marzo, a esta enfermedad como pandemia global.
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