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Agenda Covid-19: aprueban proyecto que aumenta penas a quienes infrinjan cuarentena y sanciona a empresas



Parlamentarios de la Comisión de Constitución de Senado salieron a aplaudir el avance del proyecto que aumenta las penas a personas que infrinjan la cuarentena en época de coronavirus, pero además sanciona a las empresas que obliguen a sus trabajadores a prestar servicios en estas épocas de emergencia.
“Este proyecto apunta a proteger al trabajador en el sentido de que no sea obligado a romper su cuarentena por parte de su empleador”, señaló el socialista Alfonso de Urresti. “Un aspecto ético fundamental es que la iniciativa aumenta las sanciones para quienes, a sabiendas de estar contagiados, vulneran la ley arriesgando la salud y la vida de los demás. Todos debemos velar por el bienestar colectivo, por la salud de nuestra comunidad”, comentó.
Por su parte, el senador PPD Felipe Harboe destacó que “este proyecto tiene por objetivo aumentar los niveles de protección de nuestra población y de nuestros trabajadoras y trabajadores”.
En cuanto a las sanciones, Harboe sostuvo que “se estableció una multa de presidio menor en su grado mínimo y también una multa de 6 a 20 UTM, que es una sanción bastante considerable”.
En términos globales, el proyecto de ley tiene por objeto modificar el artículo 318 del Código Penal, el que aumenta tanto las penas privativas de libertad como las multas a personas que no cumplan con la cuarentena que se les ha solicitado. Tal situación es crítica ya que, de no cumplirse con las medidas sanitarias ordenadas por la autoridad, se corre el grave peligro de que la enfermedad no pueda controlarse y que, en definitiva, podría generar un gran número de muertes.
Otro aspecto importante es que este proyecto sanciona a los empleadores o empresas que no cumplan con los reglamentos o protocolos determinados por las autoridades sanitarias. En este sentido, si se demuestra que el trabajador fue obligado a romper el periodo de cuarentena, la empresa o empleador serán también sancionados.
“En ese caso, adicionalmente a las multas,  se establece una sanción  -por ejemplo- de acuerdo a la ley de responsabilidad penal de personas jurídicas, prohibiéndole todo tipo de contrato con el Estado y terminando cualquier beneficio fiscal que ellos tengan”, sostiene.
 



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