Este sábado, a través de la Resolución 117/2020 publicada en el Boletín Oficial, se prorrogó por 30 días los precios máximos de referencia que fijó para más de 2300 productos de consumo familiar en el país en medio de la cuarentena por el coronavirus. La medida del Gobierno establece que el congelamiento en el valor de determinados alimentos y bienes de consumo considerados esenciales, regirá hasta el 20 de mayo.
La disposición, que controlan autoridades nacionales desde que entró en vigencia, el 19 de marzo, alcanza a “hipermercados, supermercados, almacenes, mercados, autoservicios minimercados minoristas y supermercados mayoristas”, según determina el texto que lleva la firma de la secretaria de Comercio Interior, Paula Español.La resolución adelantó además que el plazo podrá ser nuevamente prolongado “en atención a la evolución de la situación epidemiológica”.
La lista de valores máximos abarca productos como alcohol etílico, lavandina, pañales, papel higiénico, alimentos como fideos y arroz y agua mineral.De acuerdo con la resolución, las empresas que forman parte integrante de la cadena de producción, distribución y comercialización deberán incrementar su producción al máximo de su capacidad para satisfacer la demanda y asegurar el acceso de todas y de todos los ciudadanos a los productos.En esta nota:
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