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El Gobierno oficializó la oferta de deuda presentada a los bonistas



En función del Decreto 391/2020 publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno oficializó la oferta presentada a sus acreedores privados el viernes último a partir de la cual contempla una quita del 62% sobre los intereses y de 5,4% sobre el capital para comenzar a pagar en 2023, tras un pedido de gracia por tres años.El planteo de la Argentina es un canje de 66.238 millones de dólares, con una quita de 37.900 millones de la misma moneda en intereses y de 3.600 millones del capital.La estructura hace referencia a bonos amortizables con tasas de interés escalonadas nunca mayores al 5%, quitas de capital que van entre 12% y 18% para los papeles de más corto plazo según la moneda, un esquema de “opcionalidades” para elegir los nuevos bonos y el diluir el poder de los bonistas y vencimientos hasta 2047.

De esta manera, para 2023 la Argentina empezaría a abonar una tasa de interés de 0,5%, con un incremento paulatino hasta llegar al 2,33%.Haciendo referencia al contexto actual, el Decreto marca: “Que si bien la crisis sanitaria mundial generada por la pandemia del coronavirus COVID-19 ha alterado los plazos previstos oportunamente en el ‘Cronograma de acciones para la gestión del Proceso de Restauración de la Sostenibilidad de la Deuda Pública Externa’, resulta una obligación ineludible del Estado instar todos los trámites que sean necesarios para su cumplimiento”. “Que la propuesta diseñada permitirá al Estado Nacional restaurar la sostenibilidad de la deuda pública emitida bajo Ley Extranjera, permitiéndole de esta forma hacer frente a servicios de deuda acordes con la capacidad de pago de la República Argentina”, precisa la normativa. Por su parte, el artículo 2° referencia que contemplando la emisión por hasta las sumas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1° se especifica que “el monto máximo es de 44.500.000.000 en dólares y de 17.600.000.000 en euros”. En tanto, en el siguiente apartado se aclara que “el ministro de Economía podrá realizar las modificaciones que fueren necesarias en el modelo del Suplemento de Prospecto (“Prospectus Supplement”)”, dejando abierta la posibilidad de negociar con los bonistas. Sin embargo, dichas modificaciones “no podrán alterar la lista de títulos públicos detallados en el anexo del decreto, los términos y condiciones financieras y, de ser aplicable, las cantidades totales de los títulos a emitirse para dar efecto a la operación de reestructuración planteada, ni los ratios de canje propuestos”.En esta nota:



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