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Presidente Piñera promulga Ley de Portabilidad Financiera que permitirá reducir costos, acortar plazos y simplificar trámites a la hora de cambiarse de banco



Durante esta jornada, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, acompañados por los ministros de Hacienda, Ignacio Briones; de Economía, Lucas Palacios; y de Justicia, Hernán Larraín, promulgó la nueva Ley de Portabilidad Financiera, que permitirá que las personas y las
micro y pequeñas empresas puedan cambiarse con mayor rapidez y facilidad de  proveedor de productos como cuentas corrientes, tarjetas de crédito y préstamos hipotecarios, de consumo y automotrices.
En concreto, la iniciativa  establece un mecanismo que le permitirá a las personas comparar la totalidad de costos, intereses y comisiones que le cobran por todos los productos que contrate,
facilitando de manera significativa la comparación de alternativas para el cliente.
Además, se le facilita al cliente el proceso de traslado de una compañía a otra, tal como  ocurre con la portabilidad de telefonía móvil. Hoy es el cliente quien debe realizar la  totalidad de trámites y gestiones al momento de cambiar de proveedor financiero. Sin embargo, con la ley, será el nuevo proveedor quien realice la totalidad de las gestiones  a nombre del cliente.
En otro aspecto,la Ley de Portabilidad Financiera permitirá traspasar garantías de los créditos
contratados desde un acreedor a otro de manera fácil y simple, abaratando el costo de  refinanciar créditos en 60% y disminuyendo el tiempo de trámites en un 40%. Tomando como ejemplo un crédito hipotecario de 1.000 UF, la portabilidad financiera  permitiría reducir los gastos operacionales desde $700.000 a $280.000  (reducción del 60%) y el tiempo de la operación desde 75 días a 45 días (reducción de 40%).
Por último, se regula y transparenta el proceso de portabilidad, especificando los pasos  a seguir, plazos, formalidades e información a entregar, de manera de que los clientes  puedan decidir si portarse o no a una nueva institución financiera, con lo cual se  fortalece la protección del consumidor financiero.
Todos los productos financieros serán objetos de portabilidad y sólo en el caso de los créditos hipotecarios habrá condiciones especiales. Se podrán cambiar de proveedor financiero las cuentas de ahorro, cuentas vista, chequera electrónica, línea de crédito, tarjetas de crédito y débito, créditos de consumo y créditos automotrices, entre otros.
La Ley entrará en vigencia transcurridos 90 días desde su publicación en el Diario Oficial. Por otra parte, la Ley establece que, en 45 días desde su publicación en el Diario Oficial, el Ministerio de Hacienda y el de Economía deberán publicar un reglamento que regulará todos los aspectos necesarios para la correcta aplicación de esta ley, incluyendo materias tales como los requisitos y plazos de las notificaciones, comunicaciones o aceptaciones.
Entre las entidades que están consideradas para la Portabilidad Financiera, están los bancos, las compañías de seguros, los agentes administradores de mutuos hipotecarios, las cooperativas de ahorro y crédito, cajas de compensación, instituciones que coloquen fondos de manera masiva, emisores de tarjetas y otras entidades fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
Según el Gobierno, de la iniciativa beneficiará al 97% de la población adulta (13.637.426 personas), a el 97% de las pequeñas empresas (189.372 empresas) tienen algún producto financiero, el 94% de las microempresas (653.042 empresas) cuenta con algún producto financiero.
Entre los seis beneficios que establece la ley están el promover la competencia en el mercado de productos y servicios financieros, se disminuirán las tasas de interés, e abaratarán los costos de refinanciamiento en un 60%, se reducirá la cantidad de trámites y tiempos necesarios para cambiarse de proveedor, se fortalecerá la protección del consumidor financiero y se fomentará la demanda interna, la actividad económica y el empleo.



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