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Comisión de Constitución rechazó indicación de senadores Sandoval y Durana que planteaba condiciones para retirar fondos



La Comisión de Constitución del Senado, revisó durante esta jornada el proyecto que permitiría el retiro del 10% de los fondos de las AFP, en medio de la pandemia. La iniciativa fue aprobada en general, pasando así al pleno. No obstante, también los legisladores plantearon 15 indicaciones, las que comenzaron a ser discutidas. Entre ellas, se rechazó la indicación de los senadores David Sandoval y José Durana que planteaba establecer condiciones o requisitos para acceder al retiro de fondos, como por ejemplo, haber tenido la disminución de sus ingresos.En particular, el planteamiento incluía a “aquellos a quienes se hubiese puesto término a su contrato de trabajo desde el 1º de julio de 2019 a la fecha de publicación de esta reforma, ambas fechas inclusive, acreditado por la Dirección del Trabajo”. Además, añadía a “los trabajadores con contrato de trabajo que hubieren pactado una reducción de ingresos con sus empleadores por un monto superior al 25% de sus ingresos, a partir del 1º de marzo de 2020 y cuya última renta imponible fuese igual o inferior a 70 Unidades de Fomento”. Y con ello, se nombraba a “los trabajadores independientes que emitieren boletas de honorarios y que hubieren visto reducidos sus ingresos en un mínimo de 15%, a partir del 1º de marzo de 2020 en relación al promedio de los tres meses anteriores, según lo determine el Servicio de Impuestos Internos, y cuya última renta imponible fuese igual o inferior a 70 Unidades de Fomento”. Además, los senadores proponían que quienes retiraran sus fondos fueran “las personas naturales organizadas como empresas individuales, conforme al artículo 2º, Nº10, inciso 2º, de la ley sobre impuesto a la renta y que hubieren visto reducidos sus ingresos en un mínimo de 15%, a partir del 1º de marzo de 2020 en relación al promedio de los tres meses anteriores, según lo determine el Servicio de Impuestos Internos y cuya última renta imponible fuese igual o inferior a 70 Unidades de Fomento”.



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