Categorías: Argentina

Anses: ¿Quiénes pueden acceder a Internet desde $600?



A través de la reglamentación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 690/20, el Gobierno creó la Prestación Básica Universal (PBU) y Obligatoria a distintos servicios, entre ellos, Internet.Con el objetivo de generar “nuevos derechos ciudadanos”, los beneficiarios de la Anses podrán acceder a dicha prestación realizando una declaración jurada en el sitio web de ENACOM.En esta nota te contamos quiénes son los que pueden acceder, de ahora en más, a la Prestación Básica Universial y Obligatoria.
Beneficiarios de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.
Jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles ($20.587,50), es decir menor a $41.175, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.
Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo (AUH), como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años, y miembros de su grupo familiar.
Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.
Trabajadores monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.
Usuarios que perciban seguro de desempleo como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.
Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N°26.844), como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.
Usuarios que perciban una beca del programa Progresar.
Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.
Asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan.
Beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos/tenencia de entre 16 y 18 años.
Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.
Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.



Source link

Redaccion

Entradas recientes

Javier Milei catalogó la Marcha Federal Universitaria como “la reedición de la campaña del miedo”

"El reclamo puede ser genuino, pero construido sobre una mentira", apuntó el presidente Javier Milei…

5 days hace

Axel Kicillof lideró un acto masivo por el Canal Magdalena en Ensenada

El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, encabezó un acto en Ensenada…

5 days hace

Espert confía en la aprobación de la ley Bases y el paquete fiscal

El diputado nacional de La Libertad Avanza, José Luis Espert, expresó su confianza en la…

5 days hace

Milei defendió su gobierno ante críticas de CFK sobre el hambre del pueblo: “Sirve para reconstruir lo que ustedes hicieron”

Tras la masiva reaparición de Cristina Fernández de Kirchner, el presidente Javier Milei apuntó contra…

5 days hace

Victoria Villarruel creó una comisión para optimizar los recursos humanos del Senado

El principal propósito de la nueva comisión es evaluar los recursos humanos en el Senado,…

5 days hace

Polémica medida del Gobierno: las aseguradoras ya no brindarán el servicio de grúas y auxilio

En una medida que busca redefinir las condiciones de los seguros de automóviles en Argentina,…

5 days hace