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Corte invalida ley que aumentó penas por bloqueos en Tabasco



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) echó para atrás las reformas al Código Penal de Tabasco que endurecen las penas por impedir la ejecución de obras públicas, o realizar bloqueos de calles, legislación conocida como Ley Garrote.
A casi un año y medio de su aprobación, el Pleno de la Corte invalidó cuatro artículos del código local.
Entre ellos, el 196 Bis y 299, los cuales sancionaban a quien impidiera o tratara de impedir por cualquier medio la ejecución de trabajos u obras privadas y públicas, así como a quien “obstruyera el acceso de personal o de maquinaria al lugar destinado para la ejecución de dichos trabajos u obras”.
También invalidó el artículo 308 Bis, que sancionaba a quien extorsionara, coercionara, intentara imponer o impusiera cuotas, e impidiera total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinaria, equipo especializado o similar para la ejecución de trabajos u obras públicas o privadas, en las vías y medios de comunicación de jurisdicción local.
Leer más: AMLO dice que Ley Garrote de Tabasco es para “poner orden” y evitar la corrupción
El artículo 308, el cual contemplaba sanciones para quien obstruyera, interrumpiera o dificultara el servicio público local de comunicación, también fue invalidado, “al considerar que no aportaba suficientes elementos que acotaran adecuadamente las conductas sancionadas”.

Al analizar preceptos del Código Penal de Tabasco se invalidaron, entre otras, las sanciones a quien impidiera o tratara de impedir por cualquier medio la ejecución y trabajo de obras privadas y públicas. Se validó la disposición que prevé el delito de extorsión. pic.twitter.com/qBw5Rud7f3
— Suprema Corte (@SCJN) March 2, 2021

Sin embargo, la Corte si validó el artículo 307 del Código Penal de Tabasco, que tipifica y sanciona a quien interrumpa o dificulte el servicio público local de comunicación, destruyendo o dañando alguna vía o medio local de comunicación o de transporte público de pasajeros o de carga.
El gobernador Adán Augusto López promovió y defendió en su momento la legislación argumentando el combate a la extorsión de grupos sindicales que impiden el libre tránsito o bloquean obras para obtener un beneficio propio.
Esta legislación surgió en el inicio de megaproyectos en la entidad, como la refinería de Dos Bocas, y el paso del Tren Maya.
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