Categorías: Chile

Corte Suprema absuelve a condenado por infringir toque de queda: no representó riesgo para la salud pública



La Segunda Sala de la Corte Suprema –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Raúl Mera, Jorge Zepeda y la abogada (i) Pía Tavolari- acogió un recurso de nulidad y absolvió a un hombre, identificado como Marcelo Millapan, quien había sido condenado por infringir el artículo 318 del Código Penal, poner en peligro la salud pública en tiempos de pandemia, al ser sorprendido transitando en la vía pública en horario de toque de queda.
El hecho ocurrió en Cochrane, a las 22:20 del 18 de abril del año pasado. El individuo se encontraba en la calle, en compañía de otra persona. Además, no portaba con salvoconducto.
El Juzgado de Garantía de la comuna condenó en primera instancia a Millapan. Sin embargo, el máximo tribunal del país revocó de manera unánime el fallo, arguyendo que el recurrente cometió una infracción administrativa y no un delito y que, con su conducta, no puso en riesgo la salud pública.
“El Ministerio Público se equivoca en su requerimiento, cuando imputa la comisión del delito ‘de infracción a las reglas higiénicas o de salubridad’. Ese delito no existe; existe en cambio el de poner en riesgo la salud pública mediante tales infracciones, y la comparación entre una y otra formulación devela desde ya la diferencia, que se refiere justamente a la exigencia de una generación de riesgo, siquiera hipotético, y no a una sola constatación formal de haberse infringido una orden administrativa”, señala el fallo de la Corte.
“La acción de deambular a las 22,20 de la noche por una calle (además desierta, según testimonian los aprehensores conforme lo dice el mismo fallo atacado), por la que hasta veinte minutos antes podía transitar sin restricción, por más infractora de normas administrativo reglamentarias que sea, y por más sancionable que resulte a ese tenor meramente administrativo, no representa ningún peligro efectivo, ni tampoco hipotético, para la salud pública, ni siquiera en estos tiempos de pandemia”, agregan.
“De hecho, el toque de queda tiene la finalidad, en lo que a lo estrictamente sanitario se refiere, de evitar ese transitar para precaver reuniones nocturnas de grupos, como usualmente ocurre fuera del caso de emergencia actual, en locales, parques, plazas u otros sitios abiertos al público, de modo de impedir aglomeraciones que –ellas sí– son a lo menos hipotéticamente peligrosas, idóneas para generar el riesgo. Pero el estar, o deambular, dos sujetos en calles desiertas, por muy prohibido que esté por la autoridad, no es en absoluto idóneo para generar riesgo a la salud pública”, continúan.



Source link

Redaccion

Compartir
Publicado por
Redaccion
Etiquetas: Chile

Entradas recientes

Javier Milei catalogó la Marcha Federal Universitaria como “la reedición de la campaña del miedo”

"El reclamo puede ser genuino, pero construido sobre una mentira", apuntó el presidente Javier Milei…

5 hours hace

Axel Kicillof lideró un acto masivo por el Canal Magdalena en Ensenada

El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, encabezó un acto en Ensenada…

7 hours hace

Espert confía en la aprobación de la ley Bases y el paquete fiscal

El diputado nacional de La Libertad Avanza, José Luis Espert, expresó su confianza en la…

8 hours hace

Milei defendió su gobierno ante críticas de CFK sobre el hambre del pueblo: “Sirve para reconstruir lo que ustedes hicieron”

Tras la masiva reaparición de Cristina Fernández de Kirchner, el presidente Javier Milei apuntó contra…

10 hours hace

Victoria Villarruel creó una comisión para optimizar los recursos humanos del Senado

El principal propósito de la nueva comisión es evaluar los recursos humanos en el Senado,…

11 hours hace

Polémica medida del Gobierno: las aseguradoras ya no brindarán el servicio de grúas y auxilio

En una medida que busca redefinir las condiciones de los seguros de automóviles en Argentina,…

13 hours hace