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Corte ratifica culpabilidad de implicados




Ciudad de México.- La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que se fijen nuevas penas contra los 22 funcionarios locales y federales implicados en el caso de la Guardería ABC; donde murieron 49 niños y 39 más resultaron lesionados a causa del incendio ocurrido el 5 de junio del 2009.La Sala confirmó de manera definitiva la responsabilidad de los 22 funcionarios y avaló, por unanimidad, los tres proyectos de sentencia presentados por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena. En estas propuestas se contempla otorgar un aparo a los quejosos y a los padres de familia que buscan la vinculación de proceso de otros ex servidores públicos.
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Las nuevas penas contra los responsables de la tragedia de la Guardería ABC serán fijadas por el Tribunal Unitario. Estas deberán ser mayores a cuatro años de prisión y menor al castigo emitido hace cuatro años, el cual era de 14 a 29 años de prisión.Leer más: “Fue un ataque directo”, afirma candidato del PRI tras sufrir un atentado en TamaulipasTrascendió que el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Quinto Circuito requirió al máximo tribunal de justicia ejercer su facultad de atracción, debido a que se trataba de un tema que consideraron relevante.

A petición del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la sala atrajo los amparos en 2018, ya que la sentencia reclamada se declaró la inconvencionalidad del artículo 64 del Código Penal Federal  y, por ello, no se aplicó la normativa establecida para sancionar los delitos antes mencionados.Dos de los amparados recibieron una sentencia de 28 años de prisión; ellos son el secretario del Consejo de Administración de la guardería, Antonio Salido Suárez, y quien fue director de Bomberos de Hermosillo, Martín Lugo Portillo.No obstante, dicha pena se reduciría debido a que no se aplicó de forma correcta las normas establecidas en el artículo 64 del Código Penal Federal.Leer más: Escuelas de Aguascalientes inician clases presenciales a partir de esta semanaEl citado artículo establece que “Si las penas se impusieran en el mismo proceso o en distintos, pero si los hechos resultan conexos, similares o derivado uno del otro, en todo caso las penas deberán contarse desde el momento en que se privó de libertad por el primer delito.”



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