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Cámara de Diputados aprueba y despacha a ley reajuste del 6,1% del sector público



En tercer trámite legislativo, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó -con 101 votos a favor, cero votos en contra y cero abstenciones- y despachó a ley el reajuste del 6,1% de las remuneraciones de los funcionarios públicos.
La Corporación despachó la propuesta en su sesión del 6 de diciembre pasado, en el primer trámite. Hoy, se hizo cargo del análisis y votación de una veintena de cambios propuestos por el Senado que se aprobaron por la unanimidad de los presentes.
Parte de las enmiendas dicen relación con agregar en el marco de beneficios de esta ley a trabajadores del ámbito educacional dependientes de municipalidades o corporaciones municipales.
Igualmente, se extiende el bono de escolaridad a los que se desempeñan en establecimientos de educación parvularia financiados por la Junji vía transferencia de fondos (VTF).
Datos generales
En concreto, la propuesta presenta un reajuste general para los trabajadores del sector público de 6,1% a contar del 1 de diciembre de 2021. Esto afecta a las remuneraciones, asignaciones, beneficios y demás atribuciones en dinero (imponibles para salud y pensiones) o no imponibles.
También reciben este beneficio los directores, educadores de párvulos y asistentes de la educación de establecimientos VTF. Igualmente, aquellos regidos por la Ley 21.109, es decir, los regidos por el estatuto de los asistentes de la educación. Ello rige tanto para los traspasados a los servicios locales de educación pública, como para los dependientes de municipalidades o corporaciones municipales
Se excluyen expresamente del reajuste las cuatro categorías de sueldos más altos de la escala pública, considerando en este marco a las altas autoridades del país (Presidente de la República, ministros y parlamentarios, entre otros). En este contexto, el mensaje recuerda la aplicación de la Ley 21.233, que fija un mecanismo por medio de la Alta Dirección Pública para el reajuste de remuneraciones y dietas.
La iniciativa incluye los respectivos aguinaldos de Navidad y Fiestas Patrias; el bono de escolaridad y la bonificación adicional asociada a este. El tope de remuneración bruta para ser partícipe de estos beneficios será de $2.790.225. Ello, excluidas las asignaciones asociadas a desempeño individual, colectivo o institucional.
También se considera el aporte al servicio de bienestar; la bonificación de nivelación; y el bono de invierno para pensionados ($70.336). Adicionalmente, contempla los aguinaldos de Fiestas Patrias y Navidad para pensionados.



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