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Partidos no podrán promover revocación de mandato, solo el INE: Corte



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló, por votación calificada, invalidar un artículo de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que le permitía a los partidos políticos promover la participación ciudadana en el ejercicio de revocación de mandato.
La mayoría de los ministro consideró que el último párrafo del artículo 32 de dicha ley es inconstitucional, pues es una labor exclusiva del Instituto Nacional Electoral (INE)
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Además, el Pleno no alcanzó la mayoría calificada para cambiar la pregunta de la revocación de mandato, −que se realizará el próximo 10 de abril −, por lo que quedará como originalmente la redactó el Congreso de la Unión.
El Pleno de la Corte votó el proyecto del ministro Jorge Pardo Rebolledo en el que planteaba invalidar una parte de la pregunta de la consulta de revocación de mandato al considerar que en el fondo busca incidir en el votante sobre una “ratificación”.
Siete ministros se pronunciaron por modificar la pregunta y cuatro en contra; sin embargo, no se alcanzaron los ocho votos necesarios.

La pregunta quedará de la siguiente manera de acuerdo con la Ley General de Revocación de Mandato: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”

Jorge Pardo proponía eliminar la parte “o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo” al argumentar que esa parte es una segunda pregunta que abre la puerta a una ratificación del cargo.
El proyecto del ministro Pardo buscaba que la pregunta quedara de la siguiente manera: “¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza?”.
Los ministros que votaron a favor fueron: Jorge Pardo Rebolledo, Luz María Aguilar Morales, Alberto Pérez Dayán, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Margarita Ríos Farjat, Javier Laynez y Norma Piña.
En contra del proyecto votaron: Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel, Arturo Zaldívar y Juan Luis González Alcántara Carrancá.
La ministra Yasmín Esquivel aseguró que no existe disposición constitucional para redactar la pregunta ni de la Suprema Corte para modificarla, “por lo que basta que sea clara y produzca certeza para considerarla válida”.
El ministro Alberto Pérez Dayan advirtió que dejar la pregunta original permite que se convoque a un ejercicio que no es de revocación, sino de apoyo.
En tanto, el presidente Arturo Zaldívar argumentó que era inconveniente que la Corte cambiara la pregunta de la consulta cuando ya comenzó el proceso de solicitar las firmas y más si estas se consiguieron con base en el cuestionamiento doble, sobre revocación y permanencia.
“Yo no comparto la invalidez de la propuesta (…) A mí me parece que la pregunta es constitucionalmente válida, lo único que hace es explicitar las dos opciones posibles. No desnaturaliza la revocación de mandato”.
La oposición en la Cámara de Diputados presentó en octubre una acción de inconstitucionalidad ante la Corte contra la Ley Federal de Revocación de Mandato, al considerar que la pregunta del ejercicio fue “indebidamente ampliada”
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