Entrevista de Diego Sehinkman, mano a mano con Facundo Manes en SOLO UNA VUELTA MÁS: “La grieta imide pensar una visión estratégica para el país”.
Entrevista de Diego, mano a mano con Facundo Manes (diputado Juntos por el Cambio):
“La Argentina es un país sin rumbo. Falta un plan integral para todo.
“Milei capta el enojo, la frustración y la ira. A diferencia de Milei, lo nuestro da menos rating. Es menos sexy.
“La salida no es la antipolítica. El gran desafío es convertir la frustración en esperanza.
“Estamos viendo un fin de civlo.
“En términos económicos, la grieta es una desgracia para todos. Impide pensar una visión estratégica para el país.
“Si la sociedad no acompaña un cambio de mentalidad, cualquier política es inviable. El cambio es de abajo para arriba.
“Gerardo Morales está haciendo un gran trabajo. Con el radicalismo solo no alcanza. El radicalismo teine que convocar a otros sectores para encarar la modernidad.
“No se puede imponer una candidatura cuando la socciedad piensa en cómo llegar a fin de mes.
“No tenemos que hacer coaliciones para elas elecciones, sino para gobernar.
“Juntos por el Cambio tiene que ir hacia el centro popular.
“Si Rodríguez Larreta quiere ser Presidente, le tiene que decir a macri ‘Yo soy el Jefe’, el líder. Hablar de candidaturas en este momento es triste.
Fragmento emitido en “Solo una vuelta más” el 4/05/2022
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Manes va al centro popular… jajaja, va contra el PRO??? Con quién, con Morales?
Me encanta la batería de preguntas para Manes… todos centros a la olla, así y todo el chabón contesta pelotudeces, es un chanta inbancable y poco sexi, jajaja
Yo tambien sigo adelante y quiero estar entre los que saquemos adelante nuestro pais
🇦🇷
Manes tuvo tremendo lío al acordar con las hijas de una millonaria mayor , artista y viuda a la que encerraron en un psiquiátrico !!. Manes la medicaba. Gracias , a un amigo de la acaudalada señora , pudo salir de ese mosocomio !!.
Miley no es la solución, porque una persona que motiva al odio es peor. Un presidente debe tener una meta para sacar el país adelante.que cada argentino vea la salida,
Este tipo es de los más CHANTAJE q existe ambos psicólogo clínico con formación en psicoanálisis Ambo PSICÓPATAS SOCIAL SOCIÓPATAS con Cámara Mamma Mía q peligroso son formando opinión encima PERO q engañan usando buenos modales q MANERA de consumir basura la SOCIEDAD el PROBLEMA en manos de PSICÓPATAS q venden el relato de BUENOS modales usando la SOBERBIA DEL q tiene estudios Siempre subestimando a la población pero con buenos modales Siempre MENTIROSOS estafadores q peligro darle Cámara a estás personas q de creen saberlo todo cuándo te MIENTEN en la cara NADIE le cuestiona XQUÉ lo echaron a Manes DEL Fleming alto chantapufi q MIENTE sabiendo q mucho de lo q dice lo hace por diplomacia y es MENTIRA hablando el mono manes de honestidad Caradura SOS Político cuándo deberías estar preso lo q le hicieron a la señora Natalia y a cuántos más ese caso se hizo público yo me preguntó y los q no se hicieron público GRACIAS al hermano q opera en la justicia Manes tenés un Hermano OPERADOR en la justicia amigo de Alberto Fernández XQUÉ no hablan de eso ambos CHANTAS de un canal q más pauta del Estado recibe un canal PROGRE-TUDO veneno para el CEREBRO a mí Manes sinceramente me das MIEDO
La Diputada pidio el Regreso Servicia Militar Obligatoria: Me Parece Fabuloso!!! Acv Marcelo Beka 49 Años Bicileta Friforifico 14 Años…Historia $35.000 Haberes Juez Fisales Doctor Dr. Abogados Andres Alvarez Vida…Vida Hija Mara Rocio Brunori 15 Años Esculas INGELES Ojos Veredes Soñar Marcos Juarez Cordoba Argentina Amen!!!
Director / a de la Escuela de Enseñanza Media Nª 314 de Romang…Bachiller de Ciencias Economicas y Administacion – Teminalidad AUXILIAR EN ADMINISTRACION AGROPECURIA, ISP Nª 4 Reconquista 3ª Ciencias Esconomicas…Rosario Casilda Universidad Nacional de Rosario – Facultad: Ciencias Esconomicas y Estadistica FRIGORIFICO 14 Años Años Auto – Bicileta El Pueblo y Un Libro Leyenda Juez Fisales Doctor Dr. Abogados Andres Alvarez Terra Reconquista – Chile – Capital Ferderal Buenos Aires – Unquillo Còrdoba – Rosaria Casilda Santa Fe Argentina ACV Afasia, Cerebro Motora, Bicileta, La Grieta!!!
Poder Judicial de la Nación
CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA
Sentado ello resta pronunciarse sobre el agravio referido al cálculo de la movilidad, en tales condiciones, cabe destacar que el magistrado posee la facultad de fijar, en el casa puesto a su consideración, las pautas de reajuste que considere pertinentes y en tarea ha seguido los lineamientos del precedente citado y atento que el actor adquirió el beneficio en 2008, entendió que ha de estarse el método instrumentado por la ley 26.417 siguiendo el precedente “Bacha” de la Cámara federal de la Seguridad Social.-
Así, respecto de lo expuesto en el memorial de agravios en cuanto la aplicación de “Badaro”, si bien no ha sido éste utilizado en las presentes en cuanto a los índices de movilidad, en razón de la fecha en la que el actor ha adquirido el derecho a la prestación (2008), cabe destacar que tanto los precedentes de Corte citados en la interposición de demanda y el seguido por el a quo a efectos de calcular el haber inicial “se convirtieron en auténticos leading case y aunque lo resuelto sólo produjo un efecto “inter partes” la doctrina que emana de ellos tuvo seguimiento por la propia Carte y por los tribunales inferiores al resolver casas similares…”Así, “marcan el inicio en materia de seguridad social de una etapa caracterizada por una interpretación más respetuosa de la letra y el espíritu de la normativa constitucional. En efecto han desandado un camino muy estrecho, de interpretación restrictiva, cuyos máximos exponentes quizás sean entre otros “Chocobar, Sixto Celestino” y Heit Rupp, Clementina” (Fallos: 319:3241 y 322:2226)” (Conf. Beatriz L. Alice, El derecho a la Seguridad Social, MAXIMOS PRECEDENTES, PABLO L. MANILI – Dir- Ed. La Ley, pág. 264).-
A modo de conclusión se advierte que a afectos del recálcula del haber previsional, el magistrado de primera instancia instancia aplica los principios que resultan ajustados al marco fáctico y al derecho pretendido, destacando nuevamente que la doctrina de los fallos en cuestión tiende a que los beneficios jubilatorios, que desde su determinación inicial se han vinculado con un promedio de salarios devengados, se ajusten de modo de dar adecuada safisfacción a su carácter sustitutivo, el cual debe ser entendido como fue concebido en el debate realizado en la Convención Constituyente que introdujo el art. 14 bis a la Constitución de 1853 (2° sesión extraordinaria; 21° reunión, celebrada de 21 de octubre de 1957), en el que – al tratarse el carácter móvil de las prestaciones – el Convencional Martella únicamente expresó que “Se da norma de que el beneficio será como el salario móvil. Deseamos una jubilación móvil para mantener a las personas jubilados o pensionadas con una asignación que les suponga siempre el mismo “standard” de vida (“Diario de Sesiones, t. ll, p. 1249).-
En punto a la sustentabilidad del régimen previsional, cuestión planteada por la recurrente en riesgo del sistema, se advierte que el mismo está integrado de la siguiente manera: a) Los recursos percibidos por la Anses que resulten de libre disponibilidad; b) de los bienes que reciba el Régimen Previsional Público como consecuencia de la transferencia de los saldos de las cuentas de capitalización en cumplimiento del art. 3° del dec. 313/2007, reglamentario de la ley 26.222; c) las rentas provenientes de las inversiones que realice; d) cualquier otro aporte que establezca el estado Nacional mediante su previsión en la ley de presupuesto correspondiente al período de que se trate; e) los bienes que reciba del SIPA (Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones) como consecuencia de la transferencia de los saldos de cuentas de capitalización en cumplimiento del art. 7° de la ley 26.425.-
En este contexto, es el Estado Nacional el que asegura que los beneficiarios del Sistema Público de Reparto perciban las utilidades en épocas económicas desfavorables. El FGS (Fondo de Garantía de Sustentabilidad) invierte en activos financieros nacionales incluyen, entre otros instrumentos, cuentas remuneradas del país y la adquisición de títulos públicos o valores locales de reconocida solvencia. Un ejemplo de ello resultaría la inversión que realizó en Obligaciones Nagaciables de TPF. (Conf. Chirinos, Bernabé L., Derecho Previsional Argentino, Editorial La Ley, Año 2016, Tomo l págs.. 290/291).-
En este sentido cabe aclarar que la Corte hizo una especial mención a la normativa que emana de tratados internacionales vigentes que llevan a adoptar las medidas necesarias para “asegurar el progreso y plena efectividad de los derechos humanos con relación a las expresiones y recursos de cada Estado…” y “en la medida de los recursos disponibles que surgen en estos textos al considerar que constituyen una pauta que debe evaluar cada país al tiempo de establecer nuevos y mayores beneficios destinados a dar satisfacción plena a los compromisos asumidos por esos documentos sin que ello importe disculpa alguna para desconocer o retacear los derechos vigentes” (conf. ob. cit. en primer término, pág. 266).-
En lo que respecta a la doctrina de “Villanustre” que cita como de aplicación obligatoria a todos juicios de reajuste por movilidad con el sistema de topes que opera como límite, es vital destacar que su aplicación está pensado para la ley 18.037 en la que de haber consistía en un porcentaje que variaba de 70 al 82% del promedio de los tres mejores años de remuneraciones (art. 49). Los que expresa este precedente es que si la persona se jubiló con el 70% del haber reajustado judicialmente, éste no debería ser superior al 70% del sueldo que cobraría el beneficiario si estuviera en actividad. En la ley 24.241 ya no existe ese porcentaje y la determinación de haber total es un procedimiento más complejo.-
Así, la CSJN en la causa “Mategaza, Angel” sostuvo que carece de respaldos fáctico la aplicación mecánica de la doctrina “Villanuste”, ya que si bien es un principio que el haber de pasividad debe guardar una adecuada proporcionalidad con los salarios de los activos, debe acreditarse en la causa que las mensualidades derivadas del fallo pasado autoridad de cosa juzgada arrojen resultados que desvirtúen la prestación previsional haciéndola alcanzar niveles irrazonables. En cuanto a la carga de dicha prueba, debe recaer sobre quien alega la desproporción aludida, lo que no curre en las presentes.-
En virtud de las razones de hecho y derecho esgrimidas, propongo se rechace el recurso de, interpuesto por la demandada y se confirme la resolución en crisis, en todo lo que fue motivo del mismo.-
Con costas en el orden causado (art. 21 Ley 24.463). No se regulan honorarios en virtud de lo dispuesto por al art. 2 L.A.-
La Doctora Ana Victoria Order dijo:
Que por los fundamentos expuestos por la Sra. Jueza preopinante adhiero a su voto.-
Por lo que resulta del Acuerdo que antecede. SE RESUELVE:
Poder Judicial de la Nacion
CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA
l.- RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por la demandada y rn consecuencia CONFIRNAR la sentencia de fs. 46/47, en todo lo que fue motivo del mismo.-
ll.- IMPONER las costar del orden causado.-
lll.- COMUNICAR a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto de la Corte Suprema de Justicia se la Nación (conforme Acordada N° 42/2015 de ese Tribunal).-
Regístrese, notiqueses y devuélvase.-
NOTA:
De haberse dictado el Acuerdo precedente por los Sres. Jueces de Cámara que contituyan la mayoría absolita del Tribunal (art. 26 Dto. Ley 1285/58 y art. 109 de Reg. Jus. Nac).
SECRETARIA CIVIL N° 3, 27 de julio de 2017.-
Fecha de firma: 27/07/2017
Firmado por: ANA VIRGINIA ORDER, JUEZA DE CAMARA
Firmado por: MARIA DELFINA DENOGENS, JUEZA DE CAMARA
Firmado por: MAIA VIRGINIA BENITEZ, SECRETORIO DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación
CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA
8058/2014
BEKA, MARCELO JAVIER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
///sistencia, veintisiete de julio de dos mil diecisiete.-
VISTOS:
Estos autos caratulados “BEKA, MARCELO JAVIER CONTRA ANSES REAJUSTES VIRIOS”, EXPTE. N° FRE 8058/2014, procedentes del Juzgado Federal de Reconquista;
Y CONSIDERANDO:
La Dra Maria Delfina Denogens dijo;
l.- Se otorga al presente tratamiento prioritario con relación a otras causas con con llamado de autos de fecha anterior, atento el estado de salud del actor, conforme el art. 36 del Reglamento para la Justicia Nacional y constancias de fs. 60/62.-
El Sr. Juez a quo hizo ligar a la demanda ordenando a ANSES practicar nueva panilla de cálculo del haber inicial y proceda a su reajuste en los términos que surgen de los considerandos. Impuso costas en el orden causado. Fijó porcentajes para oportunidad de regulas honorarios (46/47).-
ll.- Disconforme con dicho pronuciamiento apela la demandada (fs. 48) y expresa agravios (fs. 53/57 vta.).-
Manifiesta que el juez de la instancia anterior, luego de evaluar los términos de la Litis sin fundamento alguna y basándose en situaciones abstractas, culmina resolviendo la cuestión en forma distinta a la planteada, pues acoge pretensiones a las reclamadas, apartándose de esa manera del tema decidendum.-
Sostiene que no surge – analizando la demanda introductoria de la instancia como las constancias del expediente administrativo – que las parte actora haya reclamado expresamente o planteado como un hecho la movilidad del haber en los términos en los resuelto. De allí – indica – su parte se ve perjudicada al no haber podido ejercer el pleno y legítimo derecho al contradictorio.-
Se agravia porque el juzgador aplicó el fallo “Badaro” para la posterioridad del período 30/03/95, cuando dicho precedente fue dictado para un beneficio de la ley 18.037 y en autos el beneficio en cuestión se encuentra dentro de la órbita de aplicación de la ley 24.241.-
Advierte que se omitió considerar que con el dictado de diferentes normativas se recompusieron los haberes prestacionales (Res. 4/91 DE SUSS, Res. 28/92 y 33/92 SSS, Leyes 23982, 23.140, 24.241)
Manifiesta que el art. 14 bis C.N garantiza jubilaciones y pensiones móviles pero pero nada dice sobre la forma de cálculo del haber inicial de la prestación previsional.-
Cuestiona puntualmente la aplicación del caso “Badaro” para el cálculo de la movilidad, todo vez que refiere específicamente a la ley 18.037 y señala que aplicación es al caso concreto que dirime, no permitiendo la generalización.-
Cita un extracto de dicho precedente a contrario sensu de lo resuelto eb los presentes para fundamentar su postura “…se ha producido una recuperaciónen las prestaciones mínimas que excede con amplitud las variaciones registradas en los índices de precios y salarias …se ha producido ena suerte de ratificación de la prioridad en la asignación de recursos que se infiere de dichas normas”.-
Realiza un análisis de la ley 24.241 y destaca que qua en dicha normantiva no hay tasa de sustitución salarial alguna y dicha circuntancia (tal como lo estableceel art. 9) impide peticionas que se relacione la movilidad del haber con el salario en actividad, por cuanto podría configurarse un enriquecimiento sin causa.-
Considera finalmente que en el nuevoesquema (con las leyes 24.241, 26.222, 26.425 y 26.417) el legislador abandonó los principios de proporcionalidad y sustituvidad, tal como fueron concebidos originariamente, cambio que resulta sustancial, pero que no se ve reflejado con un acompañamiento de la jurisprudencia que, de peristir, producirá un agravamientode la crisis que pone en serio riesgo la sustentabilidaddel sistema.
Concluye citando doctrina del fallo “Villanustre” (que opera como límite a la movilidad por índices) como de aplicación obligatoria en todo juicio de reajuste por movilidad cuando se desechen judicialmente los elementos del sistema que lo hacen aplicable.-
Hace reserva de Caso Federal. Formula petitorio de estilo.
El recurso no luce replicado por la parte actora.-
Lll.- A fin de adoptar decisión en el presente en al primer aspecto de queja que señala el recurrente cabe poner de manifiesto que del reclamo administrativo (fs. 9/12 vta.), se deduce que la pretensión apunta al reajuste del haber inicial y su modalidad, citando a esos efectos los precedentes “Sánchez” “Badaro” y “Zagari”, lo cual evidencia, en principio que la sentencia cuestionada no se aparta del thema decidendum tal como lo expresara el recurrente.-
Ahora bien, en cuanto la valoración de los índices que sirvieron de base para el haber inicial, resultan consistentes los fundamentos desarrollados en la sentencia de primera instancia, para fundar tal decisión.-
En efecto, a tales fines se siguieron los lineamientos del fallo “Zagari” en cuanto a la inadmisibilidad de límite de actualización dispuesta por la ley 23.928 (texto según ley 25.561) que ponía como tope temporal para su práctica el mes marzo 1991 (Dec. 526/95).-
El juez entendió que la norma en cuestión invocada por ANSES implicaba un claro exceso en su facultad reglamentaria, por lo que el reajuste del haber se determina por el sueldo promedio de los últimos diez años anteriores al retiro. Dicho índice, en épocas de inflación, se recalcula de acuerdo a la variación experimentada por de índice de Salarios Básicos de industria y Cnstrucción (ISBIC).-
Guzmán: ¿Cuánto le debemos al FMI? Bonelli: 54 mil millones Guzmán cerrandole la boca a Bonelli es lo mejor que vas a ver hoy Guzmán: ¿Y cuando pasó eso? Bonelli: Con Macri Guzmán: ¿Y qué se hizo con esa plata? Bonelli: Parte se fugó Guzmán: Bien. Con esa plata se podría haber reconstruido toda la infraestructura del país y no quedó nada
¡¡¡ D U R Í S I M O !!! "REVÉS JUDICIAL" para "CFK".- Hace instántes, los integrántes de la "SALA I DE LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL", integrada por: DIEGO G. BARROATAVEÑA, DANIEL PETRONE y ANA MARÍA FIGUEROA dictaminaron la validez del "TESTIMONIO DE LOS ARREPENTIDOS", en la "CAUSA DE LOS CUADERNOS", ésto implica de que, el "JUICIO ORAL Y PÚBLICO" en su contra qué, ya se encuentra en su etapa final: ¡¡¡ SIGA NORMALMENTE SU CURSO !!!.- Dicho juicio, tiene 279 "subcausas" cómo: ASOCIACIÓN ILÍCITA, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, DIRECCIONAMIENTO DE LA OBRA PÚBLICA, PACTO DE IMPUNIDAD CON IRÁN, LOS SAUCES, HOTESUR, VENTA DE DOLAR A FUTURO, RUTA DEL DINERO "K", ETC. . . ETC. . .ETC. . .ahora sí, se puede decir de qué, por fin será "CONDENADA", teniéndo un sólo camino final que se llama: ¡¡¡ C A R C E L
ACV Marcelo Javier Beka Sordian 49 Años Misa Domingo 14 de Abril 2019, Bicileta Reconquista Santa Fe FRIGORIFICO….HISTORIA, CASA, API Administracion Provincial de Impuestos, Tasa General de Imnuebles (Urbana), 58 Hs CAMPO Margarita Vera Santa Fe API Impuesto Inmobiliario, Comuna de Margarita Tasa Gerenral Inmuebles Rurales. AFIP Credencial de Pago MONOTRIBUTO PF, Impuesto Integrado: Categorìa A Locaciones der Servicio, Dupìcado FACTURA “C” Arredaminto S/Contrato. Miliagro Error Musico Terra $35.000 Haberes, Hija bebe ñiña Adolescente Mara Rocio Beka Brunori 15 Años Curso Plan de Estudios Primer 4ª Esculas INGELES ojos verdes, Bicileta Marcos Juarez Còrdoba Jovenes. Juez Fisales Doctor Dr. Abogados Andres Alvarez, Planemiento Estrategica Mundo Planeta…Igelesia Bendiciones Amen!!!
Dr. Neurologìa Medico Facundo Manes POLITICO Presidente de la Nacion Argentina ,Union Civica Radical en Argentina ACV Marcelo Javier Beka Sordian 49 Años FRIGORIFICO 14 Años….HISTORIA FRIAR S.A 10 Años…HISTORIA Miliagro Musico, (Reconquista Santa Fe Argentina), Planeamiento Estrategica GENTE, Bicileta (Rumania-Siberio-Yugoslavia-Italia), Hija Adolescente Mara Rocio Beka Brunori 15 Años INGELES Ojos Verdes Flaquita Genia Numeros Calculas Marcos Juarez Còrdoba Argentina, JUBILADOS $35.000 Haberes 58 Hs CAMPO Juez Fisales Doctor Dr. Abogados Andres Alvarez Reconquista Santa Fe Argentina. Marcos Juarez Còrdoba Argentina Un Libro y El Pueblo y Leyenda Dicinebre 2023 CASA, Igelesia Bendiciones Amen!!!
Excelente Manes haciendo política como corresponde pensando en unir y no en la locura de todos los dias
Manes hace agua por todos lados con su discurso. Cómo la gente va a elegir el rumbo? Vos tenés que proponer cosas antes, no es poner la carita nomás y después vemos.
Y no sabe explicar la diferencia entre Larreta y él. Miente cuando dice que Morales no es su patrón.
No convence, una pena. Le falta mucho todavía.
Milei 2023!!
Este tipo siempre se está riendo como siempre nada pasa
Kirchnerista de buenos modales
5:15 dice que hay que involucrarse y hacer mejor política. Es exactamente lo que está haciendo milei. A pesar de no creer en el estado se metió en política y lo hace renunciando a su sueldo y dando clases de economía.
Dice que él se metió en esto para decir la verdad, y milei vende pastillitas de colores. Pero resulta que no ni hace ninguna propuesta concreta y milei habla de 4 reformas concretas y un plan de 35 años dentro de los cuales los resultados más visibles son dentro de los 10 primeros años.
La grieta es entre personas honestas y la mafia.
Manes ….y movamos un poquito esto ..y corramos aquello ..que se note .que algo estamos asiéndose …engaña pichanga para gilada.
¿A quien le importa Manes me podes decir?
Manes un tipo que solo describe la realidad pero no aporta ninguna solución concreta, hablar solo del problema (describiendo los problemas) hace que sea parte del problema, pero hablar de cuales son las soluciones, cómo hace Milei, es formar parte de la solución.
La solución no la dice o la da en metaforas!…y está dando por sentado que la política va a resolver los problemas….no habla de inversión, de crecimiento de desregular la economia, abrirla, no habla de educación independiente, etc…no se hace cargo de su partido que nunca termino un mandato, y el radicalismo siempre sus políticas económicas fueron deplorables!, dijo soy optimista con Argentina como Scioli… sin palabras!
El problema que tiene Facundo Manes es que para entenderlo hay que tener un mínimo de discernimiento desarrollado, algo que no es muy comun en la sociedad argentina, que produce idiotas útiles que votan..la analogía de las pastillas de colores fue genial, eso fue "el salariazo y la revolución productiva del Inmoral que gano en el 89"
se hizo el gil al principio, y dsps se lo comió en la entrevista a diego, que tipo vivo, y si, por algo es politico y medico, el poder lo maneja bastante bien, la lengua
Se me lleno la pantalla de humo amarillo
QUE PEL.OÓ.OOO.OOT.UUUU.UDOS SON LOS MACRISTAS
Que falopa este Manes, no se la cree ni el, cero propuestas el señor sin jefe, fuertes contradicciones, el Scioli radicheta?
La cara lo delata ??
De las pocas personas sensatas en las bancas…
La economía supeditada a la política o al revés??? Hasta que los políticos dejen de tener el poder económico esto no cambia. El poder economico al pueblo, el poder Liberal !!! Basta de financiar la soga estatal que nos ahorca !!!
Separar por ideología y ni para ganar elecciones lo planteo Milei de hace rato ya…es excelente eso
NADA MÁS MENTIROSO Y DE SARASA QUE ESTE CHORRO MACRISTA…!!!
NUNCA DIJO DE QUE SE TRATA PLAN ESTRATÉGICO…!!!
VENDE HUMO NIVEL SUPREMO DEBE SER ALUMINIO DE COSITORTO.
Este tipo siempre dice lo mismo: visión estratégica y bla bla Dice lo que cualquiera puede decir. Y bueno es Radical. Se acuerdan de Fidel Pintos??…en la mesa de polémica en el bar? Fidel Pintos era un gran cómico al menos hacia reír ,este llorar . No tiene nivel.
No convence la paloma …
Jaja este tipo es mas ignorarte. Que hiciste cuando ustedes estaban en el poder??????
Es correcta la idea de "encarar la modernidad". Pero esas palabras dicen algo mucho más profundo de lo que la gente, seguramente, puede entender a primera vista. El marxismo, el nacionalismo y el clero católico (no la religión) han sido las grandes fuerzas oscurantistas, antiliberales y anti-modernas en el país (lo mismo que en el resto de América Latina). El kirchnerismo es completamente oscurantista, pero del otro lado de la grieta también hay fuerzas anti-modernas.
NO LE PREGUNTEN MAS, NO SABE SER POLITICO, ES UN INMADURO Y AVENTURERO.
Regalado es caro jjaajaj
Facundo, sos un buen tipo, no es afín a vos….
Comentarista sin propuestas concretas para los problemas reales. Insoportable.
Facundo Manes es inteligente en lo que dice. ¿Cómo serán las internas? 🙏
Argentina necesita para salir de su decadencia crónica el programa de gobierno de Milei🗽🗽🗽
Necesitamos un Nunca Más de los nefastos gobiernos de los Radicales / Peronistas / Kirchneristas / Macristas, todos ellos sin excepción alguna lo único que dejaron como legado es +Pobreza, +Deuda, +Inseguridad, +Indigencia, +Déficit fiscal, +Colectivismo, +Drogodependencia, +Inflación.
POR LO QUE COMENTA MANES REFIRIENDOSE AL MEDICO QUE TE RECETA LA PASTILLA MAGICA AL QUE TIENE PROBLEMAS ,ENTONCES NO SE REFIERE A MILEI QUE PROPONE UN CAMBIO DE RUMBO ,SOCIAL POLITICO Y ECONOMICO ,
Como político sos un gran médico
Javier MILEI PRESIDENTE 2023 !!!
Es interesante lo que dice Facundo, pero son muchos los políticos que trabajan para llegar a un cargo, y después no hacen nada…
Grande Facundo!
Abortista encima médico el impresentable este
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