Alcohol Cero: la nueva normativa comenzó a regir en Buenos Aires



La provincia de Buenos Aires se sumó a los territorios con normativa de Alcohol Cero al Volante a partir de las 00 horas 1° de enero de 2023. A través de una modificación de la Ley 13.927 del Código de Tránsito se establece que quienes hayan bebido alcohol no puedan conducir un vehículo automotor.Hasta el año pasado, en la provincia, en general, el nivel de alcohol máximo permitido para los conductores es de 0,5 gramos de alcohol por litro de sangre. Con la excepción de algunos Municipios ya vienen ejecutando control de tolerancia cero como: la ciudad de Mar del Plata y en los distritos bonaerenses de Moreno, Tigre, Ezeiza, Bragado y General Rodríguez. Asimismo, por ordenanza municipal se implementaba la misma normativa en las ciudades de Santa Fe, Rosario, Posadas, Neuquén y Zapala. Y en las provicias de Chaco, Salta, Jujuy, Tucumán, La Rioja, Córdoba, Entre Ríos, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.Según el Observatorio de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense, el alcohol está presente en uno de cada cuatro siniestros viales y es la primera causa de muerte de menores de 35 años. Tal es así, que durante 2022 hubo 6162 infracciones por alcohol al volante en rutas.Cabe destacar que en las rutas nacionales, esta norma no estará vigente ya que a nivel nacional la normativa no fue aprobada aún. El año pasado obtuvo luz verde en Diputados, pero el Senado de la Nación aún no votó la modificación.Penalidades de manejar con alcohol en sangreLa nueva normativa contempla penalidades como la retención de la licencia e inhabilitación para manejar, el arresto del infractor, multas económicas y la obligación de concurrir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. Además, las sanciones varían de acuerdo al grado de alcohol en sangre que se detecten en los controles: – Quienes conduzcan con valores de hasta 499 miligramos recibirán tres meses de inhabilitación para manejar.- Si el grado de alcoholemia se encuentra entre 500 y 999 miligramos, la pena será de seis meses de inhabilitación para conducir.- Estarán inhabilitadas por 12 meses las personas que circulen con tasas entre 1000 y 1500 miligramos de alcohol por litro de sangre.- Quienes superen los 1500 miligramos no podrán conducir por el lapso de 18 meses.La modificación aclara que durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos de alcohol en sangre serán sancionadas únicamente con la aprobación de cursos especiales de educación y capacitación a la hora de conducir.Además, se prevén multas de hasta 180.000 pesos, arresto y obligatoriedad de asistir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. A su vez, la normativa avala a todo conductor de vehículos de todo tipo a ser evaluado de forma aleatoria para conocer si consumió alcohol o no. En caso de negarse, el proceso puede judicializarse y un tribunal obligaría a la realización del test. Sin embargo, todo individuo que se niegue a ser evaluado será considerado como “positivo”.



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