El aborto. Su situación legal en Sinaloa



Para poder abordar el análisis del aborto, es necesario primero conceptualizar el significado de “persona”. Las personas son los únicos individuos sujetos de derechos y obligaciones en nuestro sistema jurídico, de ahí la importancia y relevancia de delimitar y comprender claramente el significado y alcance de dicho vocablo.No hay una definición homogénea de persona. Para los antiguos, como Sócrates, Platón y Aristóteles, entre otros, lo que distinguía a una persona era que tenía razonamiento e inteligencia.Desde esta perspectiva, podríamos afirmar que un embrión, al no tener aún desarrollado el sistema nervioso ni el cerebro, no sería una persona. Sin embargo, este razonamiento resulta insostenible si tomamos en cuenta, por ejemplo: a los bebés que nacen con anencefalia (sin cerebro), pero que viven más de 24 horas o a los incapaces. ¿A estos tampoco se les debería considerar como personas?Por su parte, para la religión las personas son aquellas que tienen alma, lo cual es una afirmación dogmática que como tal no forma parte ni puede ser tomada como explicación válida en la ciencia del derecho.En la Alemania nazi de la primera mitad del siglo 20 se justificaba el genocidio de judíos bajo el argumento de que estos no eran personas, por lo que al matarlos no se cometía ningún delito. Y es precisamente en la Alemania de la postguerra donde se acuña la denominación de “derechos humanos”, en un intento por terminar con la ambigüedad del significado de “persona”, pues al final del día, todos, en cualquier etapa de nuestra formación, pertenecemos a esa especie y, como tal, somos receptores de la protección de las leyes.En el tema del aborto cobra relevancia esencial dilucidar precisamente desde cuándo podemos hablar de la existencia de persona o ser humano. ¿Lo será a partir de su nacimiento o desde que es concebido?El pasado 26 de octubre de 2018 se publicó en el periódico oficial El Estado de Sinaloa el decreto 861, que entró en vigor el lunes 29 del mismo mes y año, que reformó la fracción I del artículo 4 bis “A” de la Constitución Estatal, reconociendo la existencia de la vida y, por tanto, su protección plena por la ley, desde el momento de la concepción.Esta trascendente e importante reforma define y termina de tajo con la interrogante de en qué momento el individuo será sujeto de derechos y obligaciones ante la ley.También crea una gran laguna jurídica en aquellas cuestiones como: el aborto, generando inquietudes respecto a si el delito del mismo nombre (previsto y vigente en el artículo 154 del Código Penal estatal) debería derogarse, pues al ser el embrión, para los efectos de ley, una persona, la privación de su existencia debería ser considerado como homicidio (como lo prevé el artículo 133 del CP).Debido a ello, también se genera la duda respecto a si tendrán aplicación las dispensas de sanción en los casos del aborto: cuando haya peligro de muerte de la mujer embarazada, cuando el embarazo sea consecuencia de una violación o cuando este sea provocado sin intención, como consecuencia de la imprudencia de la madre, como lo prevé el artículo 158 del CP, pues a partir del lunes 29 de octubre la interrupción de la gestación ya se considera privación de la vida, considerándose, por ello, homicidio, el cual no está permitido en ningún caso.Así también, la reforma plantea cuestiones novedosas, tales como: si en el caso de que la mujer embarazada tome la decisión unilateral de abortar, el padre tendría responsabilidad penal en la comisión del delito de homicidio, derivado de la omisión en el cumplimiento de su deber de protección y cuidado del concebido, que tiene derivado de la patria potestad que ejerce sobre este.Independientemente de las bastas lagunas legales, las nuevas interrogantes que plantea y de las diferentes opiniones a favor y en contra de la reforma, esta sin lugar a dudas representa un relevante y notorio avance jurídico legislativo, que pone a Sinaloa a la vanguardia nacional en el tema.Como siempre, un placer saludarlo, esperando que estas pocas letras sean de su agrado y, sobre todo, de utilidad. Hasta la próxima.



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