Estos son los bienes esenciales que definió la autoridad para su comercialización en cuarentena


A través de un instructivo vigente desde este jueves, el gobierno clarificó la definición de bienes esenciales, en medio de las restricciones al comercio, luego del recrudecimiento de la pandemia en el país.
En el documento, la autoridad estableció cuatro categorías, siendo la primera la de bienes relativos a la subsistencia de las personas, entre las que se cuentan todo tipo de alimentos y líquidos, productos farmacéuticos, dispositivos médicos y cualquier bien y servicio relacionado con la prevención, promoción y recuperación de la salud y rehabilitación de la persona enferma como medicamentos, termómetros o elementos de rehabilitación kinesiológica.
Además se incluyen los productos para la higiene personal como la pasta de dientes, jabón, crema de afeitar, cremas dermatológicas y productos no cosméticos; articulos de limpieza y cuidado del hogar como cloro, detergentes, agua destilada; y artículos para la maternidad como ropa y accesorios para recién nacidos e infantes, para mujeres en período de embarazo y lactancia, alimentos de bebé e infantiles y elementos para la protección y traslado de bebés.
El punto también incluye alimentos para mascotas y accesorios para su higiene y cuidado; y además artículos para el mantenimiento de jardines, plantas y áreas verdes.
La autoridad, también incluyó los bienes relativos al teletrabajo y la educación a distancia, entre los que se cuentan computadores, impresiores, tintas, monitores, dispositivos de almacenamiento, accesorios, tablets, parlantes, accesorios de audio, celulares, recargas telefónicas y accesorios de telefonía y banda ancha móvil. En esta categoría también se suman artículos de oficina, libros, artículos para manualidades, texto, útiles escolares y juguetes educativos.
Para el funcionamiento y conservación del inmueble, se incluyeron los artículos de cocina: tales como menaje (ollas, loza, cubiertos, etc.), elementos para la conservación y manipulación de alimentos (utensilios de cocina, papel aluminio); para el desecho de alimentos y residuos (bolsas, basureros). Se suman artículos de dormitorio como camas, ropa de cama, almohadas, colchones, plumones, guateros y artículos de baño como toallas, accesorios de baño, cortinas, artículos de limpieza, etc.
La categoría también contempla artículos de lavandería como máquinas de lavar, planchas, tenderos y similares, electrodomésticos y línea blanca en productos de uso habitual como aspiradoras, estufas, hervidores, hornos eléctricos, licuadoras, microondas, planchas, tostadores, ventiladores, batidora, máquina de coser, calefón, cocinas, lavadoras, refrigeradores, secadora, congeladores.
Se suman los artículos de ferretería necesarios para la instalación, funcionamiento y conservación de la electricidad, gas, cañerías en el hogar, como pinturas, herraje, fijaciones, tubos, conectores, herramientas, accesorios de seguridad, todos los materiales de obra, mantención y reparación de hogares; además de muebles como sillas, escritorios, muebles de dormitorio, comedores, sillones, muebles de trabajo y elementos de iluminación como ampolletas, velas, linternas, generadores, lámparas.
En la definición también se incluyen otros bienes como pilñas, baterías de vehículos, fósforos, encendedores, tabaco, combustibles (gas, leña, carbón), neumáticos, cables para puente de batería, aceites, lubricantes, materiales de mantención de vehículos, entre otros.



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