Elisa Carrió fue sobreseída en la causa por su fiesta de cumpleaños


Este viernes, el juez federal de Campana, Adrián González Charvay, sobreseyó a Elisa Carrió en la causa por una fiesta de cumpleaños realizada en su casa dentro de un barrio privado en el partido bonaerense de Exaltación de la Cruz el 26 de diciembre de 2020, mientras regían restricciones impuestas por la pandemia de coronavirus.En su resolución, a la que tuvo acceso Télam junto al fallo, el magistrado consideró que “la conducta investigada no constituye delito” y sobreseyó a Carrió por supuesta violación al artículo 205 del Código Penal, el cual pena la violación de medidas para evitar la propagación de una pandemia.

Pese a que el sobreseimiento fue dictado el 1° de diciembre pasado y quedó firme, el magistrado concedió hoy recursos de apelación de la defensa de Carrió ante la Cámara Federal de San Martín contra otra de sus decisiones, el rechazo a planteos de falta de acción por inexistencia de delito e inconstitucionalidad de la norma.En cuanto al sobreseimiento, González Charvay entendió que Carrió pudo considerar que no estaba cometiendo un delito cuando hizo la fiesta, de la que avisó de manera informal a la Municipalidad de Cruz del Eje y de hecho, dieron cuenta medios de comunicación.Además recordó en el fallo que en diciembre de 2020 regía la fase 4 para esa localidad, de distanciamiento social ante la pandemia: “Con el objeto de ejemplificar el panorama sanitario y social en que nos encontrábamos a la fecha del evento a estudio-, que a mediados de diciembre de 2020, diversos portales de noticias se hacían eco de inminentes habilitaciones para fiestas de hasta 200 personas al aire libre con protocolos, distanciamiento y un 30% del aforo del espacio permitido”.



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