El DNU dictado por el gobierno entra en vigencia este viernes: sin que la Justicia haya aceptado suspenderlo



El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) firmado por el presidente electo Javier Milei junto a su gabinete de ministros y ministras, entra en vigencia a partir de mañana, viernes 29 de diciembre, sin que la Justicia haya aceptado ningún reclamo de medidas cautelares para suspenderlo.Como pasaron ocho días de su publicación en el Boletín Oficial del pasado 21 de diciembre entra en vigencia, salvo medida cautelar judicial que lo suspenda.También te puede interesar: La CGT anunció un paro nacional para el 24 de enero contra el DNU de Javier MileiSegún la resolución a la que tuvo acceso Télam, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal Esteban Furnari rechazó hoy disponer una precautelar de suspensión de los efectos del DNU en el proceso colectivo iniciado por el Observatorio del Derecho a la Ciudad porque “al día de la fecha, las disposiciones del DNU 70/2023 no han entrado en vigencia (cfr. arts. 5º y 6º CCyCN)”.La apelación de la CGTPor su parte el juez nacional del Trabajo, Ignacio Ramonet, desestimó ayer martes 27 de diciembre el dictado de una medida cautelar “interina” que suspenda el capítulo IV del Decreto vinculado a la reforma laboral porque aún no entró en vigencia. De modo que la Confederación General del Trabajo (CGT), apeló a esta decisión, con firmas de los secretarios generales Héctor Daer, Pablo Moyano y Carlos Acuña, señalando que “se trata de conjurar un acto de autoridad que impone una reforma laboral peyorativa sin recurrir al Congreso y que los afecta en los aspectos individuales y colectivos”.Ramonet dio lugar a la apelación ante “la innegable trascendencia de la presente causa” y dispuso días y horas inhábiles del 28 y 29 de diciembre, debiendo estarse a lo ya dispuesto en cuanto a la posibilidad de habilitar la feria judicial y giró el expediente a la sala ocho de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.Otras demandasEn La Plata, el juez federal Alberto Recondo rechazó una acción declarativa de inconstitucionalidad contra el DNU sosteniendo que “solo el carácter de ciudadano no otorga legitimación activa”.Mientras que el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) reclamó la inconstitucionalidad del DNU porque “se aparta del principio de división de poderes, así como suprime y restringe derechos, garantías individuales y colectivas de amplios sectores sociales”. Frente a esto, la demandante Betina Stein presentó un recurso de revocatoria ante el rechazo por parte del juzgado interviniente, el Contencioso Administrativo Federal 8, a dictar la medida cautelar de suspensión a la espera de un informe “sobre la existencia de otro proceso colectivo”. “Que se ordene en forma urgente la suspensión”, pidió.



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