Sala Penal de la Corte Suprema reincide y le da libertad condicional a otro preso de Punta Peuco


Con los votos a favor de los ministros Carlos Künsemüller, Hugo Dolmestch y Manuel Valderrama, la Sala Penal de la Corte Suprema otorgó el beneficio de la libertad condicional a otro reo de Punta Peuco, el teniente coronel en retiro del Ejército, Lander Uriarte Burotto.
El máximo tribunal acogió un recurso de amparo a su favor presentado en contra de la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de Gendarmería que le había negado dicho beneficio.
La resolución tuvo los votos en contra del ministro Jorge Dahm y la abogada integrante María Cristina Gajardo, pero fue aprobada por los ministros que fueron acusados constitucionalmente por diputados opositores en la Cámara de Diputados precisamente por otorgar libertades condicionales a violadores de derechos humanos.
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Los argumentos
El fallo de la Sala Penal no elude la coyuntura y parte aludiendo al impasse que la enfrentó al Congreso, planteando que “conviene insistir en que esta Corte no desconoce ni obvia la particular naturaleza y gravedad de los crímenes de lesa humanidad -como aquellos por los que cumple condena el amparado Uriarte Burotto (…) Sin embargo, tal naturaleza y gravedad no autoriza ni permite a estos Jueces para resolver el asunto sometido a su conocimiento acudiendo a otros preceptos o principios diversos a los que estiman conforma el derecho que rige de manera vinculante esta materia, lo que constituye la esencia de su labor jurisdiccional, quedando reservado a otro Poder del Estado reformar tal normativa”. De este modo, insiste en el debate que se abrió sobre la necesidad de una legislación ad hoc para estos temas, como la que se está tramitando actualmente en el Congreso sobre libertades condicionales.
En la resolución que beneficia a Lander Uriarte Burotto, la mayoría de la Sala Penal estimó que la Comisión de Libertad Condicional recurrida “ha negado la libertad condicional al amparado pese a cumplir” con todos los requisitos. “Con lo cual se le ha privado ilegalmente de su derecho a recuperar, condicionalmente, su libertad ambulatoria, por lo que la acción de amparo examinada deberá ser acogida en la forma pedida en el arbitrio”, señala el texto.
En sus argumentos particulares, además, el ministro Künsemüller niega la tesis esgrimida por los querellantes de que la concesión de la libertad condicional representa una “impunidad”. Apelando al Diccionario de la Real Academia Española (RAE), señala que la “impunidad” significa “falta de castigo”, “situación que no se da en absoluto en la concesión de libertad condicional, ya que la pena impuesta se mantiene incólume, no se ve disminuida ni un minuto en su duración; sólo se autoriza el cumplimiento en libertad controlada de una parte de ella”.
Künsemüller también insiste en que en el caso de Uriarte no se justifica mantenerlo en el penal, señalando que “no se divisan especiales y mayores fines de readaptación social del penado que puedan ser logrados con una prolongación de su estadía en prisión, prolongación que, atendida la edad del condenado, corre el riesgo de transformar los objetivos de resocialización en fines de mera retribución”.
En contrapartida, el voto de disidencia se manifiesta por rechazar el recurso de amparo del acusado, tomando en cuenta que “agrava la situación del sentenciado la circunstancia aludida en el informe psicosocial de no reconocer el grave delito cometido, como tampoco tener conciencia del mal causado, lo que pone en duda que esté apto para reinsertarse socialmente”.
“Decidía respecto de la suerte de los detenidos”
Lander Uriarte, actualmente de 81 años, cumple condena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo por el secuestro de tres ciudadanos uruguayos Ariel Arcos Latorre, Juan Povaschuck Galeazzo y Enrique Pargadoy Saquieres, detenidos desaparecidos tras el golpe militar de septiembre de 1973 en el sector del Cajón del Maipo.
Los extranjeros habían llegado a Chile huyendo del golpe militar ocurrido en su país en junio de 1973. Tras el Golpe de Augusto Pinochet, habrían intentado trasladarse a Argentina, y por eso fueron encontrados en el sector precordillerano.
 De acuerdo a lo establecido en el proceso, fueron llevados al Regimiento de Ingenieros de Montaña de Puente Alto, donde fueron torturados reiteradamente. Desde ese cuartel son sacados una noche por personal de Ejército para trasladarlos supuestamente al Estadio Nacional. Sin embargo, en el trayecto los custodios bajaron del vehículo militar a los uruguayos mencionados y los hicieron desaparecer hasta hoy.
En testimonios que constan en el proceso también señala que el reo de Punta Peuco beneficiado ahora con la libertad condicional “pertenecían al Staff del Regimiento que planificaba la búsqueda de información, participaban en los interrogatorios y en buenas cuentas decidían respecto de la suerte de los detenidos que pasaban por el Regimiento”.



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