Administradores de bar “El Túnel” deberán pagar multa por discriminar a clienta transgénero



Una multa a beneficio fiscal de 20 UTM, deberá pagar la empresa Comercializadora y Administradora Santa Lucía S.A. por negar la entrada a uno de sus locales a una clienta transgénero. El fallo del Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, se refiere al bar “El Túnel”, quienes fueron demandados por la afectada y finalmente fueron condenados a pagar las costas del proceso, además de someter a sus trabajadores y administrativos a una capacitación sobre la norma que determina la no discriminación. La sentencia precisa que no es “admisible el argumento relativo a que las clientas del local ‘podrían’ experimentar rechazo a compartir el servicio higiénico con quien, fisiológicamente, sea un hombre, no solo porque se refiere a un actuar de terceros meramente eventual, sino que porque además un hipotético rechazo de tales ribetes, lejos de obedecer al ejercicio de un derecho, sería manifestación de una falta de tolerancia elemental”. A esto se añade que “no se divisa justificación razonable alguna a la discriminación llevada a cabo por la demandada, sino que su arbitrariedad fue abierta y ostensible basada en la identidad de género de la demandante”. Además, el fallo alude a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde se manifiesta que la “´noción de igualdad se desprende directamente de la unidad de naturaleza del género humano y es inseparable de la dignidad esencial de la persona”.



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