INE descarta atribuciones para consulta sobre termoeléctrica



El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aclaró que no tiene atribuciones legales para participar en la organización de la consulta sobre la construcción de la termoeléctrica en Huexca, Morelos, debido a que no está prevista en la Constitución ni en la ley reglamentaria.
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Sin embargo, el instituto precisó que no descalifica el ejercicio de participación ciudadana, sino que la ley vigente no la contempla entre sus competencias.
En sesión extraordinaria, el instituto respondió a cuestionamientos planteado por el representante de Movimiento Ciudadano, Juan Miguel Castro Rendón, sobre cuál sería la actuación del INE ante este ejercicio, de acuerdo a lo que señala la ley en el tema.

El consejero presidente, Lorenzo Córdova Vianello, destacó que la consulta que propone realizar el presidente Andrés Manuel López Obrador los días 23 y 24 de febrero, no está establecida en ninguna parte del Artículo 35 de la Constitución ni en la Ley Federal de Consultas Populares.

“En consecuencia, y en apego al principio de legalidad por el que debe regirse toda autoridad del Estado mexicano, el INE no participará en la consulta relacionada con la continuidad de operaciones de la termoeléctrica en Huexca, Morelos”, aclaró.
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El @INEMexico sólo puede llevar a cabo ejercicios de participación ciudadana regulados en la Constitución y en la Ley de Consulta Popular. Comparto mi intervención sobre esta materia en la sesión extraordinaria del Consejo General celebrada hoy. pic.twitter.com/9FvdsznXi1
— Lorenzo Córdova V. (@lorenzocordovav) 19 de febrero de 2019

De acuerdo con Córdova Vianello, para la respuesta, avalada por unanimidad, se llevó a cabo un análisis de las características y materia del ejercicio, el cual no se advierte que encuadre en alguna de las consultas que el INE esté facultado para organizar.

? @INEMexico no intervendrá en ejercicio de participación ciudadana sobre termoeléctrica en Huexca, #Morelos https://t.co/zYlc1vy7JS pic.twitter.com/52oxhf97a0
— INE (@INEMexico) 19 de febrero de 2019

“Específicamente, este órgano concluye que el ejercicio a realizarse en los términos señalados en el escrito del representante de Movimiento Ciudadano, no corresponde al mecanismo regulado en el Artículo 35, fracción VIII Constitucional y sobre el que el INE desarrolla sus atribuciones, al pretenderse realizar bajo un procedimiento distinto al establecido en éste”, explicó el consejero.
Incluso, detalló que tampoco reúne las condiciones “jurídicas y materiales” para que el INE se haga cargo de la organización y desarrollo del ejercicio.
La consejera Pamela San Martín destacó que estos ejercicios deben estar sujetos a reglas claras, precisas, transparentes y conocidas por todos, pues no es simplemente “consultar sobre un tema que puede ser más o menos relevante para las ciudadanas y los ciudadanos, implica establecer los mecanismos que garanticen que el resultado es producto de la decisión de toda la ciudadanía”.
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El consejero Ciro Murayama dijo que los mecanismos de participación ciudadana que contempla la Constitución son tres:
Consultas a los pueblos indígenas en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo (artículo 2, apartado B, fracción IX)
La incorporación de las aspiraciones y demandas de la sociedad para el Plan Nacional de Desarrollo (artículo 26, apartado A)
Consultas populares sobre temas de trascendencia nacional (artículo 35, fracción VIII).
El ejercicio en Huexca, dijo, “claramente no es una consulta popular como las que garantiza la Constitución a los ciudadanos, no a los gobernantes”, por lo que descartó participación del INE.
En tanto, el consejero Marco Antonio Baños precisó que el Instituto no va a colocar o a instalar las casillas, “porque simplemente este ejercicio señalado como consulta no corresponde con la regulación del artículo 35 constitucional, y tampoco con la Ley de Consulta Popular”.
El 27 de febrero de 2018, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación hacia la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat); a la Comisión Federal de Electricidad (CFE), y a la entonces Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, por no otorgar una consulta previa libre, informada, de buena fe y culturalmente adecuada para las comunidades afectadas por el megaproyecto.

#ReconendaciónCNDH a @SEMARNAT_mx, @CFEmx y @CDI_mx, por violación a DDHH de habitantes de #Morelos, #Puebla y #Tlaxcala derivado de construcción de central termoeléctrica, acueducto y gasoducto. ? https://t.co/5p3kzgFyTT pic.twitter.com/9pd0uGTWYH
— CNDH en México (@CNDH) 6 de marzo de 2018

Tras el pronunciamiento, consejeros y representantes de partidos detallaron los motivos para respaldar o rechazar la propuesta de consulta del presidente.

El representante legislativo de Morena ante el INE, Alejandro Viedman Velázquez, argumentó que este ejercicio se trataba de una consulta “ciudadana” y no de una “consulta popular”, como lo marca la legislación, por lo que consideró que sí se podría realizar.
El representante del PAN ante el INE, Víctor Hugo Sondón, resaltó que es una ofensa a la democracia permitir el atropello de los principios de legalidad, que han costado grandes sacrificios al país.

Afirmó que en su partido “no estamos dispuestos a permitir, pues la decisión del presidente López Obrador de organizar una consulta popular desde la Secretaría de Gobernación en 24 municipios de Tlaxcala y todos los de Morelos, usurpa las funciones constitucionales del INE y expone una altitud autoritaria que debemos detener”.
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