Anses simplifica el trámite para la Asignación por Ayuda Escolar: qué cambia



Este año, la Asignación por Apoyo Escolar se abonará de forma masiva sin necesidad de que sus beneficiarios acrediten su escolaridad: así lo dispone la Resolución 28/2020 publicada esta mañana en el Boletín Oficial.En ella, se establece que “la falta de presentación de los certificados escolares al 31 de diciembre de 2019 no se encuentra necesariamente ligada a trayectorias escolares discontinuas” por lo que es necesario “continuar profundizando el trabajo articulado con los distintos organismos y ministerios para realizar acciones conjuntas que tiendan a resolver las barreras para que los niños, niñas y adolescentes puedan acceder y sostener el derecho a la Seguridad Social”.

En este sentido, y teniendo en cuenta el “contexto económico y social de emergencia y ante el inminente inicio del ciclo lectivo”, desde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) decidieron derogar un apartado de la Resolución 203 que supeditaba el pago de la asignación a la presentación del certificado de alumno/alumna regular.¿Qué cambia entonces? Que indistintamente de si se presente ese certificado, se cobrará el beneficio durante el mes de marzo. El plazo para presentarlo se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020.Qué es la Asginación por Ayuda Escolar Anual
Creada en el Artículo 10° de la Ley N° 24.714, dispone que “la asignación por ayuda escolar anual consistirá en el pago de una suma de dinero que se hará efectiva en el mes de marzo de cada año y se abonará por cada hijo que concurra regularmente a establecimientos de enseñanza básica y polimodal o bien, cualquiera sea su edad, si concurre a establecimientos oficiales o privados donde se imparta educación diferencial”.Esta “se liquidará al inicio del Ciclo Lectivo para los niños, niñas y adolescentes de 4 a 17 años inclusive”.En esta nota:



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