Uso de la fuerza de las FF.AA.: “los detenidos no deben ser sometidos a actos de intimidación, humillación, maltrato o abuso”



Se entregó este viernes el documento que establece “las reglas de uso de la fuerza en los estados de excepción constitucional” que deben respetar los funcionarios de las Fuerzas Armadas; normas entre las que destacan que se las faculta para disparar como último recurso y se les prohíbe tajantemente intimidar y torturar a los detenidos.El documento fue escrito por los equipos jurídicos técnicos del Ministerio de Defensa y la Contraloría, y es fundamental para regular el actuar de los efectivos del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea (FACh) bajo estados de excepción constitucional.El primer artículo se refiere al “uso de la fuerza”, donde se señala que “para el objeto de velar por el orden público y reparar o precaver el daño o peligro para la seguridad nacional, los jefes de la Defensa Nacional dictarán instrucciones que precisen el uso de la fuerza”, así lo indicó La Tercera PM. Entre las reglas, que son nueve, los uniformados deberán “usar armas de fuego como último recurso, (…) y sólo en el caso de enfrentamiento con personas que utilicen o se apresten a utilizar armas de fuego u otras armas letales”.Sobre esa línea el protocolo establece que “en un ataque actual o inminente a un recinto militar; en la protección de las instalaciones, sistemas o componentes de empresas o servicios, cualquiera que sea su naturaleza, finalidad o función, que atiendan servicios de utilidad pública cuya perturbación en su funcionamiento o destrucción tendría un grave impacto sobre la población”.Las Fuerzas Armadas también tendrán la autorización para detener a individuos por delitos. Además, podrán restringir el paso a quienes busquen traspasar los controles o cordones donde esté trabajando la policía o militares. El documento señala que las FF.AA. deben brindar primeros auxilios y trasladar a los heridos. Otro punto importante es que “los detenidos no deben ser sometidos a actos de intimidación, humillación, maltrato o abuso”, y “está absolutamente prohibido ejercer cualquier acto constitutivo de tortura, tratos inhumanos o degradantes en contra de las personas”.Lee también: Contraloría toma razón de reglamento de uso de la fuerza de las FF.AA.



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