Desde este lunes, comienza a regir el nuevo certificado para circular en el país


A partir de este lunes comienza a regir el Certificado Único Habilitante para Circulación para aquellas personas que estén afectadas dentro de las actividades consideradas esenciales durante el aislamientos social, preventivo y obligatorio que rige en el país por la pandemia de coronavirus (Covid-19).

El nuevo documento reemplazará al emitido por la Ciudad de Buenos Aires y por las provincias.¿Cómo se tramita?
Ingresando a tramitesadistancia.gob.ar/. Además, debe presentarse junto al DNI. Tendrá validez mientras dure el aislamiento obligatorio.¿Quiénes están obligados a tramitarlo?
Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones.
Personal afectado a obra pública.
Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.
Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.
Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.
Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.
Servicios de lavandería.
Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.
Industrias que realicen procesos continuos cuya interrupción implique daños estructurales en las líneas de producción y/o maquinarias.
Producción y distribución de biocombustibles.
Operación de centrales nucleares.
Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria.
Dotación de personal mínima necesaria para la operación de la Fábrica Argentina de Aviones Brig. San Martín S.A.
Comisión Nacional de Valores, en caso de resultar necesario.
Operación de aeropuertos. Operaciones de garajes y estacionamientos, con dotaciones mínimas.
Sostenimiento de actividades vinculadas a la protección ambiental minera.
Curtiembres, con dotación mínima, para la recepción de cuero proveniente de la actividad frigorífica.
Restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas sólo para repartos domiciliarios.
¿Quiénes no deben sacar el nuevo certificado?
Las actividades que se mantienen exceptuadas de tramitar el nuevo certificado y podrán seguir brindando sus servicios con los documentos ya existentes (DNI, autorización de los empleadores, y la Decisión Administrativa 446/2020), son:Personal de Salud.
Fuerzas de seguridad.
Fuerzas Armadas.
Actividad migratoria.
Servicio meteorológico nacional.
Bomberos.
Control de tráfico aéreo.
Autoridades superiores y trabajadores/as del sector público nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que sean convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.
Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.
Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el gobierno argentino y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.



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